-
48 países miembros de la Organización de las Naciones Unidad, entre ellos México, votan a favor de la resolución que crea la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Destaca el Artículo 19:
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este de- recho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fron-, por cualquier medio de expresión. -
México suscribe la Convención Americana de Derechos Humanos o Pacto de San José que en su Artículo 13 señala que toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión, precisa que esta prerrogativa de buscar, difundir y recibir informaciones e ideas de toda índole.
-
La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado.
-
-
Naciones Unidas crea el Comité de Información cuya función es crear políticas en materia de organización, desarrollo y acceso a la información de la propia organización.
-
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emite una tesis de jurisprudencia donde señala que el derecho a la información es una garantía individual.
-
Jalisco se convirtió en el primer estado del país en tener una ley de transparencia incluso antes de la federación. Se publica el Periódico Oficial del Estado.
-
Se publica en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, más de 30 años después de la reforma constitucional al Artículo 6.
-
Decreto presidencial crea al Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI) que se encarga de promover el ejercicio del derecho de acceso a la información; resolver sobre la negativa de las solicitudes de acceso a la información y la protección de los datos personales en poder de las dependencias y entidades.
-
Los gobernadores de Zacatecas, Aguascalientes y Chihuahua se comprometen a impulsar una reforma constitucional que obligue a todos los órganos públicos a transparentar sus principales indicadores de gestión.
-
Los mandatarios de Aguascalientes, Chihuahua, Zacatecas, Veracruz y el jefe de gobierno del Distrito Federal formulan la "Iniciativa Chihuaha" en la que proponen consolidar el derecho a la información en una reforma constitucional.
-
Establece que el derecho a la información será garantizado por el Estado y que para su ejercicio la Federación, los estados y el Distrito Federal. Señala también que toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo federal, estatal y municipal, es pública.
-
Se expide la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares con la finalidad de garantizar el tratamiento legítimo, controlado e informado de los datos personales, a efecto de garantizar la privacidad y el derecho a
la autodeterminación informativa de las personas. -
Se reforman el Artículo 6 de la Constitución Mexicana y la Ley Federal de Transparencia. Las nuevas disposiciones amplían el número de sujetos obligados, se sientan las bases para articular un Sistema Nacional de Transparencia, y se brinda autonomía a los órganos garantes federal y estatales.
-
Se crea la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública orientada a homologar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública en todo el país. Amplía el número de sujetos obligados y establece la creación de la Plataforma Nacional de Transparencia.
-
El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) se transforma en el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).