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Respecto a la historia que conocemos de la civilización humana, el término "derechos humanos" es relativamente nuevo. Aún así se tienen diversas evoluciones conceptuales que lo conformaron.
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Se sabe por papiros que datan del 3292 A de C que los egipcios reconocían el respeto a la vida y a la propiedad.
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Babilonia 1792-1750 A de C
Se escriben 252 leyes sobre derecho familiar, penal y civil. -
En China, entre los años 800 y 200 a. C., Confusio y Laot-Tsé reflexionaron sobre las injusticias sociales.
Se predicó la igualdad entre los hombres, argumentando que la democracia era la forma idónea de gobierno. -
Se expide la Ley de las Doce Tablas, que contenía derechos referentes a las sucesiones y a la familia, entre otros aspectos. Se consagró la seguridad jurídica de los gobernados frente al poder público.
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Su filosofía humanista no se aplica en su época sino hasta el medioevo europeo. Influyen en los derechos políticos y democráticos.
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Se creo una amplia corriente de doctrina y de ordenamientos jurídicos que transformaron sustantivamente al Derecho Romano, introduciendo en su esquema instituciones humanitarias que posteriormente se transformarían en derechos que reconocen la
dignidad de la vida de todos los hombres. -
En los siglos VI al XIII se presenta y desarrolla el Derecho Cartulario donde por primera vez una persona sujeta a una autoridad lograba en su beneficio, el respeto de ciertos derechos por parte de su autoridad principal o fundamental. Es un antecedente directo de las garantías individuales.
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La Constitución inglesa se encuentra compuesta de diversos ordenamientos jurídicos, de los cuales la Carta Magna de 1215, va a ser la más importante. En el escrito se escriben un conjunto de normas y principios consuetudinarios reconocidos por la nobleza en Inglaterra y en la mayor parte de los países de Europa.
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El Habeas Corpus, fue promulgada en Inglaterra en 1679 bajo el reinado de Carlos II. Tenía el propósito de garantizar la efectividad de la libertad corporal, poniendo al alcance de los individuos un mecanismo legal para obtener la protección del Estado contra las detenciones o arrestos arbitrarios. Tiene aplicaciones actualmente en el commonwealth penal de países sajones.
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El Bill of Rights de 1689, va a ser una declaración comprendida en diversas leyes, en donde se establece el derecho de libertad de culto, se reconocen las garantías de petición, el derecho de portación de armas, la libertad de expresión, además de que se establece el principio de legalidad suprimiendo al poder real la
facultad de suspender o dispensar leyes. -
Aparecen reconocidos los derechos a la vida, la igualdad, la seguridad, el derecho a modificar la forma de gobierno, la libertad de sufragio, el principio de las elecciones libres, las garantías del proceso penal, las condiciones de la expropiación, la libertad de
prensa y de conciencia. -
Declaración francesa de los Derechos del hombre y del ciudadano en donde se declara que el límite de la libertad individual es la libertad de los demás miembros de la sociedad. Nace el principio de beneficio social sobre el bienestar individual.
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En España con la Constitución de Cádiz de 1812 consagró algunos Derechos del ciudadano frente al poder del monarca: el derecho a la audiencia, la protección del domicilio, el respeto a la propiedad privada y a la libertad de expresión.
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Yucatán quiso separarse en 1836 de México, y consideró en su carta magna aspectos como la libertad religiosa y la creación del juicio de amparo.
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Después con las Leyes de Reforma de 1859 y expedidas por el Presidente Benito Juárez, establecieron el reconocimiento a Derechos Humanos básicos de los que actualmente disfrutamos, como la Ley del Matrimonio (1859), La Ley Orgánica del Registro Civil (1859), Ley Sobre Libertad de Cultos (1860),
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Se instauran reglas para la prevención de la guerra, se crea el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) en 1864 que contribuyó
de gran manera la evolución de las fuentes del Derecho en la Guerra. -
Con el antecedente de la declaración francesa y la carta de derechos estadounidense, se fueron incorporando capítulos de garantías individuales de corte liberal.
A principios del siglo pasado aparecen los derechos denominados sociales, que en el caso de México, se hizo a través de la Constitución de 1917. -
Se redactan los Derechos Humanos de los niños en la Declaración de Ginebra de 1924. Posteriormente la declaración de los derechos de los niños 1959 y la ratificación en México en 1990.
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Al término de la 2a guerra mundial, la Organización de las
Naciones Unidas, aprobó la “Declaración Universal de los Derechos Humanos” el 10 de diciembre de 1948, en la que se distinguen los derechos relativos a la vida política, social y jurídica. -
Declaración de Paris 1949 donde se establecen derechos de prisioneros y heridos en el campo de batalla, también sobre crímenes de guerra se firma en Ginebra en 1977 un protocolo que deviene en la Declaración de San Petesburgo.
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Posteriormente surgió el Pacto Internacional de Derechos Civiles y políticos de 1966 y la Convención Americana 1969 de los Derechos Humanos.
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La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), se creó como un órganos desconcentrado de la Secretaría de Gobernación. Estuvo adscrita directamente al titular de la dependencia y sustituyó en aquel entonces a la Dirección General de Derechos Humanos de esa Secretaría. El Decreto presidencial correspondiente se publicó en el Diario Oficial del 6 de junio de 1990.
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La CELAC se crea en 2010 como alternativa a la OEA y retoma su intención hacia el derecho de integración soberana de américa latina a partir del liderazgo de México en 2021. Se resaltan los derechos de la región al desarrollo económico y la salud.
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En el año 2011 se modificó la forma de proteger los Derechos Humanos de todas las personas. Los Artículos que la Reforma modificó fueron el 1º, 3º, 11, 15, 18, 29, 33, 89, 97, 102 apartado B y 105. Se incluye como un objetivo de la enseñanza pública la educación sobe el respeto a los derechos fundamentales.