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Las Cortes de Cádiz, a imitación de la Revolución francesa, reconocen por vez primera los derechos de autor al decretar que solo los autores o a quienes ellos autorizasen podían imprimir sus obras, así como sus herederos durante 10 años.
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Esto fue orden real para que la propiedad intelectual le perteneciera a sus autores de por ida, y a sus herederos pasados 10 años
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Estos derechos fueron extendidos durante 25 años. Los beneficiados eran todos los autores artísticos y científicos.
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Estos fijan los derechos de autor en 80 años tras la muerte del autor.
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Este representa el primer paso para asegurar que las creaciones intelectuales sean protegidas en otros países.
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Este se dio con el objetivo de dar a los creadores el derechos a controlar sus obras a nivel internacional
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Esto se da para reservar el derecho de concretar entre sí arreglos particulares para la protección de la propiedad industrial.
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Con esto se dio el origen a las oficinas internacionales reunidas para la protección de la propiedad intelectual (BIRPI, en francés.)
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siendo todos los estados miembros de las N.N.U.U. habilitados mas no obligados a ser miembros.
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Y gracias a una fuerte expansión, en la actualidad este sistema ha pasado por ser el más importante.