-
Respondiendo a una iniciativa del Virrey PEDRO DE CEVALLOS, por medio de una Ordenanza real, se dispuso la creación de la “Aduana de Buenos Aires”, que tuvo enorme importancia en la organización del país y fue determinante en la gestación de las guerras civiles.
-
Este organismo actuaba como tribunal en asuntos mercantiles y seguía la tendencia
continental europea de separar la jurisdicción civil de la mercantil.
Cumplía una doble función: judicial y administrativa. Se ocupaba de los juicios mercantiles y de los problemas de policía del comercio y establecía el orden de prelación de las normas aplicables: Ordenanzas de Bilbao, Leyes de Indias y por último
las Ordenanzas Reales de Castilla. -
Proceso revolucionario que se desarrolló en Buenos Aires, en mayo de 1810, y que concluyó con el reemplazo del virrey español por una Junta de Gobierno Local
-
Creación por la Asamblea del Año 1813 de la matrícula para Comerciantes Nacionales; normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales.
-
se instaló en 1822 y funcionó por breve
lapso y se dictó la Ley reglamentaria de corredores y martilleros. -
Por inspiración de Rivadavia, se dictaron tres decretos: sobre actos de comercio, y sobre causas de comercio y alzada de comercio.
-
Por decreto, Rosas suprimió los concursos de acreedores. Esto fue derogado en 1858.
-
Reintegrado el Estado de Buenos Aires a la Confederación, en 1862, se sancionó la ley 15, por la cual se adoptó para toda la Nación el Código de Comercio que hasta dicho momento regía en la Provincia de Buenos Aires.
-
En 1869 se sancionó el Código Civil lo que planteo la necesidad de reformar el Código de Comercio.
-
Las modificaciones fueron: El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos; Se suprimió el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir calidad de comerciante; cambios en reglamentación sobre: corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, letras de cambio, cheques, derecho marítimo, quiebras; se ajustaron los contratos de mutuo, depósito y prenda, quitando el material que se consideraba civil.
-
Incorpora al viejo código de
comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés. -
Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de seguros.
-
Incorpora al viejo código de comercio
un nuevo régimen sobre sociedades. -
Incorpora al viejo código de comercio
un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros. -
Incorpora al viejo código de comercio
un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras. -
Modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años.
-
Se produjo otra gran reforma del código
de comercio (quizá la más importante hasta nuestros días). En esta oportunidad, el código de comercio fue derogado y pasó a regir en el país el Código Civil y Comercial de la Nación. Este código puso fin al proceso de unificación del derecho privado en argentina. Este código es el que se encuentra vigente en la actualidad en nuestro país y es la principal fuente del derecho comercial en nuestros días.