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Antecedentes Coloniales.
Durante la época de la dominación española en nuestro territorio, se establece la creación del Consulado de Buenos Aires en 1794, donde en el se incorporaron las
normas de las Ordenanzas de Bilbao de 1737, que regulaban el comercio terrestre y marítimo. Este organismo actuaba como tribunal en asuntos mercantiles y seguía la tendencia continental europea de separar la jurisdicción civil de la mercantil. El consulado se mantuvo sin cambios hasta 1859. -
Antecedentes Anteriores a la Codificación - La producida revolución de 1810
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Se crea por la Asamblea del Año 1813. Normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales.
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Se creó la Bolsa Mercantil que se instaló en 1822 y funcionó por breve lapso y se dictó la Ley reglamentaria de corredores y martilleros.
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Por inspiración de Rivadavia, si dictaron tres decretos: sobre actos de comercio, y sobre causas de comercio y alzada de comercio.
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Por decreto, Rosas suprimió los concursos de acreedores. Esto fue derogado en 1858.
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El Estado de Buenos Aires, separado de la Confederación, encargó en 1856 a Eduardo Acevedo, un jurista uruguayo asilado en el país, la elaboración de un proyecto de Código de Comercio, con la colaboración de Dalmasio Vélez Sarsfield. El proyecto fue presentado al poder ejecutivo estatal en 1857 y, tras intentos para agilizar su aprobación legislativa, fue aprobado en 1859 para comenzar a regir, en BS AS, en 1860.
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El Estado de Buenos Aires a la Confederación, en 1862, se sancionó la ley 15, por la cual se adoptó para toda la Nación el Código de Comercio que hasta
dicho momento regía en la Provincia de Buenos Aires -
Se sanciona el Código Civil, por lo cual surgió la necesidad de reformar el Código de Comercio
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1) El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos.
2) Se suprimió el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante.
3) Cambios en la reglamentación sobre: corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, etc.
4) Se ajustaron los contratos de mutuo, depósito y prenda, quitando el material que se consideraba civil. -
Se sanciona dicho decreto que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés.
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Se sanciona la Ley N° 17.418 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de seguros.
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Se sanciona la Ley 19.550 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre sociedades.
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Se sanciona la Ley 20.094 que incorpora al viejo código de comercio y la Ley 20.266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros.
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Se sanciona la Ley 24.452 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras.
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Se sanciona la Ley 26.579 que, entre otras cosas, modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años.
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El código de comercio fue derogado y pasó a regir en el país el Código Civil y Comercial de la Nación. Este código puso fin al proceso de unificación del derecho privado
en argentina. Este código es el que se encuentra vigente en la actualidad en nuestro país y es la principal fuente del derecho comercial en nuestros días.