-
Se incorporaron las normas de las Ordenanzas de Bilbao de 1737 que regulaba el comercio terrestre y marítimo.
-
-
Normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales.
-
Ley reglamentaria de corredores y martilleros
-
Sobre actos de comercio, y sobre causas de comercio y alzada de comercio.
-
-
-
-
Por el artículo 4 de la Ley Nº 26.994
-
Se planteo la necesidad de cambiar el codigo de comercio
-
1) El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos; 2) Se suprimió el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante; 3) cambios en la reglamentación sobre: corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, letras de cambio, cheques, derecho marítimo, quiebras; y 4) se ajustaron los contratos de mutuo, depósito y prenda, quitando el material que se consideraba civil
-
-
Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés
-
Nuevo régimen de seguros
-
Nuevo regimen sobre sociedades
-
Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros.
-
Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras.
-
Se modifica la mayoria de edad, hasta este momento era de 21 años y pasa a ser de 18 años
-
El código de comercio fue derogado y pasó a regir en el país el Código Civil y Comercial de la Nación. Este código puso fin al proceso de unificación del derecho privado en Argentina. Este código es el que se encuentra vigente en la actualidad en nuestro país y es la principal fuente del derecho comercial en nuestros días.