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La tenencia de la tierra entre los mayas, se dividía en comunales, que eran aquellas tierras que satisfacían las necesidades públicas, es decir las del gobierno y que eran trabajadas por los tributarios. Las clases sociales se dividían en sacerdotes, tributarios y esclavos
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La figura agraria más sobresaliente, dentro de esta organización y tenencia de la tierra es el Calpulli o Chinancalli, que eran las tierras de los barrios, estas se dividían y asignaban en forma de parcelas a los miembros del mismo Calpulli; no se podía recibir más de una parcela por individuo y se tenía que cultivar personalmente
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Grupos sociales de los aztecas:
*Tlacatecuhtli
*Tlatocan
*Chihuacoatl
*Tetecuhtzin -
La llegada de los españoles trajo instituciones, idioma y religión
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Emite junto con José María Morelos y Pavón decretos en los que ordenaban la recaudación de las rentas vencidas de las tierras de los indígenas: restitución de las mismas a favor de los grupos desposeídos y la prohibición para su arrendamiento
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-Decreto 14 de octubre 1823: formación de la provincia del Istmo de Tehuantepec
-Decreto General de Colonización 18 de agosto 1824: impulsar la colonización en la parte norte del territorio nacional
-Ley de Colonización 1 de abril 1830: por Anastasio Bustamante, la defensa del territorio nacional
-Plan de Sierra Gorda 14 de marzo 1848: normar los reclamos de la clase campesina -
Autorizaba a los gobernadores de Puebla y Veracruz así como al jefe político de Tlaxcala
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Reflejaba la ideología del constituyente liberal. La ley de la tierra, su objetivo era incorporar a la actividad económica nacional las tierras desiertas y abandonadas
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La expidió el Presidente Juárez, en ella establecía que todos los bienes que el clero había administrado con diversos títulos deberían de entrar al dominio de la nación
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Las leyes de reforma permitían adquirir territorios que se señalaran como baldíos por parte de propietarios, fueron despojadas las comunidades indígenas de sus territorios
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*Francisco I. Madero
*Justo Sierra
*Hermanos Flores Magón
Artículos 27 (el reparto de las tierras a los grupos despojados a través de la expropiación) y 123 (regular las relaciones obrero-patronales que estaban regidas por la Constitución de 1857) -
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En esta ley sus acciones principales eran la dotación de ejidos, restitución de tierras, ampliación de ejidos, nuevos centros de población, reconocimiento y titulación de bienes comunales y conflicto por límites
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