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Señala en el Art. 19 la libertad de expresión mediante "recibir informaciones y opiniones"
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Art.19 y 20 incluye los "deberes y responsabilidades" del ejercicio de la libertad de expresión.
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The Louisville Courier-Journal & Times designó por primera vez a un ombudsman, creando así un espacio de reflexión y de autocrítica sobre el ejercicio del periodismo
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Reconoció en sus Art. 13 y 14 el derecho de Pensamiento y Expresión así como el derecho de Rectificación y Respuesta
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En los medios de comunicación, el pionero fue el 'Folha de San Pablo', en Brasil.
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Mediante el Art. 11 de la Ley 3335, fue el primer país de la región en establecer la obligación de los canales privados y públicos de contar con Defensorías del Televidente
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Nombra la figura de 'defensor del televidente' y publica un código de ética y un manual de estilo con el objetivo de desarrollar mecanismos de participación de audiencias activas, reflexivas y críticas en los procesos de una propuesta televisiva de calidad.
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Creó el Defensor del Radioescucha –cuyo primer titular fue Ernesto Villanueva–, estableció como derechos de las audiencias el recibir contenidos ajustados a los principios independencia, honestidad y responsabilidad profesional.
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El rol de defensor surgió en dos canales públicos de televisión (OnceTV y Canal22), dos estaciones públicas de radio (Radioeducación e IMER) y otra privada (Noticias MVS), por autorregulación
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Se creó la figura de mediación estableciendo que contribuiría a que la oferta programática reflejara los principios contenidos en el Código de Ética
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Nombra a Gerardo Albarrán como ombudsman para su área de noticias, siendo el único en radiodifusión comercial que instauró una figura de defensoría de audiencias.
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Se promulga una reforma constitucional en materia de telecomunicaciones y radiodifusión con la que reconoció los derechos de las audiencias e instruyó el establecimiento de mecanismos de protección
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El Art. 259 estableció que todos los concesionarios de licencias de radio y televisión abierta deberán tener Defensorías de Audiencias en México.
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Nombró a la Lic. Ottaviano miembro del comité directivo en una asamblea como reconocimiento a la ejemplar labor que se realiza en Argentina en materia de defensa de las audiencias
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La élite mexicana de la industria de la información inició un movimiento en contra de la norma emitida por el IFT argumentando que dichas normas atentaban contra el derecho a la libertad de expresión
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Restó facultades al órgano regulador, imposibilitándolo para vigilar, supervisar y garantizar los derechos de las audiencias.A