-
Para poner en orden la Administración Pública se establecen 4 ministerios: Secretaria de Relaciones Exteriores e interiores, de Justicia y Negocios Eclesiásticos, de Hacienda Pública, de Marina y, de Guerra.
-
Se establece que habrá un cierto numero de secretarios y una ley para los negocios del gobierno.
-
Ampliación de facultades del área de Justicia y Negocios Eclesiásticos, cuando en 1841 se llamó Ministerio de Justicia, Negocios Eclesiásticos, Instrucción Pública e Industria
-
Durante el último gobierno de Antonio López de Santa Anna, surgió la quinta dependencia del gobierno nacional. El entonces llamado Ministerio de Fomento, Colonización e Industria y Comercio.
-
Se faculta al presidente nombrar a los secretarios y cambiar el nombre de los ministerios.
-
Durante el Imperio de Maximiliano de Habsburgo, y con la promulgación del Estatuto Provisional del Imperio Mexicano en 1865, se establecieron nueve departamentos ministeriales, siendo estos:
Ministro de la Casa Imperial:
Ministro de Estado;
Ministro de Negocios Extranjeros y Marina;
Ministro de Gobernación;
Ministro de Justicia;
Ministro de Instrucción pública y cultos;
Ministro de Guerra;
Ministro de Fomento;
Ministro de Hacienda. -
Se retiraron de la Secretaría de Fomento, las funciones de elaboración y dirección de la infraestructura pública, para originar la séptima área en el organigrama del gobierno federal: la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas.
-
En 1905 fue creada la octava dependencia del gobierno federal; La Secretaría de Justicia e Instrucción Pública fue dividida dos instituciones diferentes: la Secretaría de Justicia y la Secretaría de Instrucción Pública y Bellas Artes.
-
Una nueva ley del 31 de diciembre de 1917 separó Relaciones exteriores y Gobernación; integró en nombre y responsabilidad el área de Agricultura a la secretaría de Fomento; en tanto que la de Industria y Comercio vio integrada en denominación y encargo el área de Trabajo
-
Se crea por decreto presidencial
-
se crea por decreto presidencial
-
Se expide la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
-
Fue creada la Secretaría de la Presidencia, una especie de Jefatura de Gabinete.
la Secretaría de Bienes Nacionales e Inspección Administrativa, pasó a ser Secretaría del Patrimonio Nacional; la Secretaría de Economía se convirtió en Secretaría de Industria y Comercio; la de Comunicaciones y Obras Públicas fue separada en dos entidades distintas. -
Se crea Departamento de Pesca; la fusión de las Secretarías de Agricultura y la de Recursos Hidráulicos; y la ampliación de facultades de la secretaría de la Presidencia, que la transformó en Secretaría de Programación y Presupuesto.
-
Se creó la Secretaría de la Contraloría General de la Federación, como encargada del correcto funcionamiento de la Administración Pública Federal, en un intento de combatir la corrupción. Además las secretarías de Asentamientos Humanos y Obras Públicas, y Salubridad y Asistencia, se convirtieron en Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, y Secretaría de Salud respectivamente
-
Se crea la Consejería Jurídica del Ejecutivo Fedral.
-
el último que conservaba dicha categoría, cuando asumió como Jefe de Gobierno del Distrito Federal Cuauhtémoc Cárdenas; concretándose con ello la reforma constitucional de 1995 que otorgó autonomía limitada a los poderes locales de la capital.
-
Se presentaron la desaparición de la Secretaría de Seguridad Pública para reintegrarla a Gobernación; la creación de la Secretaria de Cultura y la transformación de la Secretaría de la Reforma Agraria en Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; y la más importante, fue la reforma constitucional que separó del gabinete a la Procuraduría General de la República para crear la Fiscalía General de la República.
-
Desaparecen las Oficialías Mayores, se crean las Unidades de Administración y Finanzas.
Se crean las Delegaciones de Programas para el Desarrollo.
Se reforma la Secretaría de Gobernación, deja de asumir las funciones de Seguridad Pública, y solo contaría con tres subsecretarias: a) Gobierno, Enlace Legislativo y normatividad de Medios de Comunicación; b) Derechos Humanos, Migración y Población, y Democracia Participativa, Fomento Cívico y Asuntos Religiosos.