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  Poner todo en orden en cuanto a la Administración Pública se establecen cuatro ministerios (antes así llamados): Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores, de Justicia y Negocios
 Eclesiásticos, de Hacienda Pública, de Marina y, de Guerra (Sierra, s.f.).
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  En la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos se establece que habrá cierto número de secretarios y una ley para los negocios del gobierno, esto estipulado en el artículo 117
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  Se facultó al presidente nombrar a los secretarios y cambiar el nombre de los ministerios.
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  Creó secretarías, y departamentos, y siendo el encargado del poder ejecutivo federal, expidió el 25 de diciembre del mismo año la Ley de Secretarías de Estado.
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  Proyecto de una nueva Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, esta ha venido a derogar el ordenamiento de las secretarías y departamentos, así como la facultad que tiene el
 ejecutivo federal para nombrar a secretarios que estén al frente de éstas, este ordenamiento y facultad sigue vigente hasta hoy.
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  Dar apoyo técnico jurídico al Presidente de la República en todos aquellos asuntos que éste le
 encomiende.
  Dar opinión al Presidente de la República sobre los proyectos de tratados a celebrar con otros
 países y organismos internacionales.
  Revisar los proyectos de reglamentos, decretos, acuerdos, nombramientos, resoluciones
 presidenciales y demás instrumentos de carácter jurídico, a efecto de someterlos a consideración
 y, en su caso, firma del Presidente de la República.