Cambios de la Administración Pública Federal

  • Primera Etapa

    Primera Etapa
    Poner todo en orden en cuanto a la Administración Pública se establecen cuatro ministerios (antes así llamados): Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores, de Justicia y Negocios
    Eclesiásticos, de Hacienda Pública, de Marina y, de Guerra (Sierra, s.f.).
  • Apartado plasmado en la Constitución Federal

    Apartado plasmado en la Constitución Federal
    En la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos se establece que habrá cierto número de secretarios y una ley para los negocios del gobierno, esto estipulado en el artículo 117
  • Facultades al Presidente

    Facultades al Presidente
    Se facultó al presidente nombrar a los secretarios y cambiar el nombre de los ministerios.
  • Venustiano Carranza, fue el primero en crear secretaria y departamentos

    Venustiano Carranza, fue el primero en crear secretaria y departamentos
    Creó secretarías, y departamentos, y siendo el encargado del poder ejecutivo federal, expidió el 25 de diciembre del mismo año la Ley de Secretarías de Estado.
  • Ley Orgánica de la Administración Pública Federal Mexicana.

    Ley Orgánica de la Administración Pública Federal Mexicana.
    Proyecto de una nueva Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, esta ha venido a derogar el ordenamiento de las secretarías y departamentos, así como la facultad que tiene el
    ejecutivo federal para nombrar a secretarios que estén al frente de éstas, este ordenamiento y facultad sigue vigente hasta hoy.
  • Se creó la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal; de acuerdo con la Administración Pública Federal

    Se creó la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal; de acuerdo con la Administración Pública Federal
    Dar apoyo técnico jurídico al Presidente de la República en todos aquellos asuntos que éste le
    encomiende.
     Dar opinión al Presidente de la República sobre los proyectos de tratados a celebrar con otros
    países y organismos internacionales.
     Revisar los proyectos de reglamentos, decretos, acuerdos, nombramientos, resoluciones
    presidenciales y demás instrumentos de carácter jurídico, a efecto de someterlos a consideración
    y, en su caso, firma del Presidente de la República.