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Durante la época de la denominación española en nuestro territorio se aplicaron las Leyes de Indias (normas creadas especialmente para las colonias americanas) y supletoriamente las Leyes de Castilla.
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A partir de su creación se incorporaron las normas de las Ordenanzas de Bilbao de 1737 que regulaban el comercio terrestre y marítimo. Este organismo actuaba como tribunal en asuntos mercantiles y seguía la tendencia continental europea de separar la jurisdicción civil de la mercantil.
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A partir de la Revolución, se produjeron los siguientes antecedentes...
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En el año 1813 a través de la Asamblea que se produjo ese mismo año se creó la matrícula para Comerciantes Nacionales/Normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales.
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Creación de la Bolsa Mercantil que se instaló en 1822 y funcionó por breve lapso. Se dictó la Ley reglamentaria de corredores y martilleros.
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Ellos fueron : sobre actos de comercio, y sobre causas de comercio y alzada de comercio.
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En 1836 , por decreto, Rosas suprimió los concursos de acreedores. Esto fue derogado en 1858.
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Fue creado por el jurista Eduardo Acevedo con la colaboración de Dalmasio Vélez Sarsfield , el cual comenzó a regir en la Provincia de Buenos Aires ( en aquel entonces segregada de la Confederación ) en el año 1860.
Reintegrado el Estado de Buenos Aires a la Confederación, en 1862, se sancionó la ley 15, por la cual se cambió para toda la Nación el Código de Comercio. -
Las principales modificaciones introducidas fueron: 1)El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos; 2)Se suprimió el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante;3) cambios en la reglamentación sobre: corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, letras de cambio, cheques, derecho marítimo, quiebras; y 4) se ajustaron los contratos de mutuo, deposito y prenda, quitando el material que se trabajará civilmente.
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Se sanciona el Decreto-Ley 5965/63 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés.
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Se sanciona la Ley N° 17.418 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de seguros.
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Se sanciona la Ley 19.550 que incorpora al viejo código de comercio
un nuevo régimen sobre sociedades. -
Se sanciona la Ley 20.094 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros
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Se sanciona la Ley 24.452 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras.
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Se sanciona la Ley 26.579 que, entre otras cosas, modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años.
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Se produjo otra gran reforma del código de comercio (quizá la más importante hasta nuestros días). En esta oportunidad, el código de comercio fue derogado y pasó a regir en el país el Código Civil y Comercial de la Nación. Este código puso fin al proceso de unificación del derecho privado en argentina. Este código es el que se encuentra vigente en la actualidad en nuestro país y es la principal fuente del derecho comercial en nuestros días.