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Ubicados en los actuales estados de guerrero, Michoacán, Colima, JALISCO, Sinaloa, Nayarit. El acceso a los altos puestos estaban vedados a la clase baja ya que eran hereditarios. El sacerdote mayor administraba justicia ejerciendo también función jurisdiccional.
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Tenían dos orígenes en su forma de derecho: la sanción impuesta por la comunidad y la promulgación específica por parte de la autoridad. Tenían un jefe político, religioso y judicial, llamada halach uinic acompañado de un consejo, a quienes castigaba si infringían las normas.
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Los mexicas dominaban gran parte del área del territorio a la llegada de los españoles. No todos los pueblos estaban sujetos a su dominio pero si tenían contacto con este pueblo conquistador.
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El derecho de las culturas mesoamericanas se desenvolvió en consonancia con su compleja estructura social. El derecho con mayor atención es el de los aztecas o mexicas.
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PRIMER BANDO DE MIGUEL HIDALGO
ABOLIENDO LA ESCLAVITUD. PUBLICADO
EN LA CIUDAD DE VALLADOLID POR EL
INTENDENTE ANSORENA. -
Esta constitución no contenía un apartado especial que reconociera los derechos humanos, sin embargo, varios de ellos como la igualdad, la libertad, la seguridad jurídica, la propiedad, algunos derechos políticos y otros en materia educativa, podían ser identificados de manera dispersa a lo largo del texto.
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Documento que nos muestra cómo Morelos comprendió los problemas nacionales, se dio cuenta de la significación de la independencia y de la forma de organizar a la sociedad y el país. Los principios de igualdad, libertad y justicia. Reunió 23 puntos la esencia de la lucha por la Independencia, estipuló la libertad de América Septentrional, la disolución de un gobierno central en una autoridad representativa y su distribución en tres poderes, Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
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titulada Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana. Este documento fue inspirado en los “Sentimientos de la Nación” de José María Morelos y Pavón, recoge además los principios de la Constitución de Cádiz y del modelo liberal-democrático de la Constitución Francesa, y reconoce los derechos laborales además de los derechos humanos mencionados en Cadiz.
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proclamó la independencia y mantuvo la monarquía. Será éste el primer plan políticamente aceptable. La clave para lograr la independencia fue la unión propuesta por Agustín de Iturbide en un plan que garantizaba al español que no sería expulsado, perseguido, objeto de expoliaciones, venganzas o crímenes; es decir, Iturbide garantizó en el Plan el fin de la guerra a muerte, total.
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La junta estaba integrada por las más altas clases sociales y con un toque aristocrático, cuya función principal era legislar. Su composición contradecía el principio del Plan de Iguala, según el cual, todos los habitantes de la Nueva España, sin distinción alguna, eran ciudadanos e iguales. Así mismo, se dejó a un lado a los insurgentes que habían luchado por la independencia.
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El contenido de esta constitución gira en torno a la organización y división del poder del Estado. No tuvo un apartado especial para el reconocimiento y tutela de los derechos ya que delegaba a las constituciones locales su enunciación.
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Cuando Antonio L. de Santa Anna llega al poder con un rol conservador, abroga la legislación anterior y procede a estructurar el Estado en una república centralista cuyas bases fueron sentadas en él. En este ordenamiento si existió un apartado especial para los derechos, la primera de las siete leyes se titulaba “Derechos y obligaciones de los mexicanos y habitantes de la república”, y reconocía los derechos de nacionalidad, igualdad, libertad, propiedad, seguridad jurídica y derechos políticos.
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Durante la intervención norteamericana se declaró la vigencia nuevamente de la constitución de 1824 de carácter federalista y se le adiciona el acta constitutiva 21 de may 1847 formulada por Mariano Otero. La trascendencia de ello fue la implementación a nivel federal del juicio de amparo como un control de garantía de los derechos humanos.
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Después de Santa Anna, quedó como presidente Ignacio Comonfort, quien el 5 de feb de 1857 firmó la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 1857, de corte liberal y federal; reconocía los derechos a la libertad de expresión, asociación y portación de armas; reafirmaba la abolición de la esclavitud y eliminaba la prisión por deudas civiles, las formas crueles de castigo y la pena de muerte, prohibió los títulos de nobleza, se establecieron los principios de legalidad
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proclamadas el 6 de septiembre de 1860 por el Presidente Benito Juárez, pues estas marcaron un precedente en la forma en la que la política del país era manejada, pues como es conocido, anterior a éstas, la figura de la Iglesia se involucraba en la vida política de México, debido a la fuerte influencia ideológica que ejercía sobre el pueblo, ya que la relacionaban con tópicos espirituales y religiosos.
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Se produce la revolución constitucionalista encabezada por Venustiano Carranza y por su triunfo se promulga la constitución de 1917. Esta constitución dejó intocados los principios básicos de la constitución anterior como la soberanía popular, la división de poderes y los derechos individuales,se agregaron además derechos sociales que colocaron a la constitución en pionera de la materia a nivel mundial al reconocer derechos a los campesinos, los trabajadores y en materia de educación