Antecedentes Históricos Argentinos

  • 1516

    Época de Dominación Española

    Época de Dominación Española
    Se aplicaron las Leyes de Indias, normas creadas para las colonias americanas y supletoriamente las leyes de castilla.
  • Se crea la Aduana de Buenos Aires.

    Se crea la Aduana de Buenos Aires.
    A finales del siglo XVII nacía de la mano del Rey Carlos III a la ADUANA DE BUENOS AIRES, creada por Real Cédula del 25 de junio de 1778 y se designaba como primer administrador de Aduana y Ramo de Alcabala a don Francisco Ximénez de Mesa. Constituía la Aduana no solo un ente recaudador sino también cumplía funciones consultivas, sumado a ello, la lucha contra el contrabando e intensificar el control del comercio portuario.
  • Creación del Consulado de Comercio de Buenos Aires.

    Creación del Consulado de Comercio de Buenos Aires.
    Se crea el Consulado de Comercio de Buenos Aires, organismo que actuaba como tribunal en asuntos mercantiles y seguía la tendencia continental Europea de separar la jurisdicción civil de la mercantil, cumplía una doble función judicial y administrativa, se ocupaba de los juicios mercantiles y de los problemas de policía del comercio y estableció el orden de prelación de las normas aplicables: ordenanzas de Bilbao, leyes de Indias y ordenanzas reales de castilla.
  • Revolución de Mayo.

    Revolución de Mayo.
    Entre el 18 y el 25 de mayo de 1810 comenzó a gestarse en el Río de la Plata el proceso revolucionario que daría el primer gran paso para el surgimiento del Estado argentino. La denominada Primera Junta, encabezada por Cornelio Saavedra, se opuso a la Junta de Sevilla que gobernaba en aquel entonces en nombre del rey español Fernando VII. Aquel 25 de mayo el virrey Cisneros fue destituido y asumieron entonces los representantes designados por el Cabildo.
  • Creación de la matrícula para Comerciantes Nacionales.

    Creación de la matrícula para Comerciantes Nacionales.
    Creación por la asamblea del año 1813 de la matrícula para Comerciantes Nacionales, normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales.
  • Se creó la Bolsa Mercantil.

    Sí creo la bolsa mercantil que se instaló en 1822 y funcionó por breve lapso y dictó la ley reglamentaria de corredores y martilleros.
  • Se suprimen los concursos de acreedores.

    Por decreto rosas suprimió los concursos de acreedores. Esto fue derogado en 1858.
  • Se otorga la tarea de preparar un proyecto de Código de Comercio.

    El estado de Buenos Aires, segregado de la confederación, confío el jurista uruguayo, asilado en el país, Eduardo Acevedo la tarea de preparar un proyecto de código de comercio, que contó con la colaboración de Dalmacio Vélez Sarsfield.
  • Se presenta el proyecto del Código de Comercio.

    En el año 1857, el proyecto del Código de Comercio se presentó al Poder Ejecutivo.
  • Se aprueba el proyecto del Código de Comercio.

    Luego de varias tentativas para acelerar su consideración legislativa, se obtuvo que se aprobara sin someterlo a discusión.
  • Comienza a regir el Código Comercial.

    En 1860 comienza a regir el Código Comercial, sólo en la provincia de Buenos Aires.
  • Se sanciona la Ley 15

    Reintegrado el estado de Buenos Aires a la confederación, se sancionó la ley 15 por la cual se adoptó para toda la nación el código de comercio, que hasta dicho momento regia en la provincia de Buenos Aires.
  • Se sancióna el Código Civil.

    Se sancióna el Código Civil.
    Se sancionó el Código Civil lo que planteó la necesidad de reformar el Código de Comercio.
  • Sanción del Código de Comercio.

    Sanción del Código de Comercio.
    Sí sanciona el código de comercio de 1862, el cual fue derogado en el 2015 por el artículo 4 de la ley N° 26.994
  • Primer reforma del Código de Comercio.

    Se produce la primer reforma las modificaciones introducidas, fueron:
    -El valor de los usos y costumbres como fuente de derecho.
    -Se suprimió el requisito de la inscripción con la matrícula para adquirir la calidad de comerciante.
    -Cambios en la reglamentación sobre corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades compraventa, fianza, letras de cambio, cheques derecho marítimo y quiebras.
    -Se ajustaron los contratos de mutuo depósito y prenda quitando el material que se consideraba civil.
  • Se sanciona el decreto Ley 5965/63

    Se sanciona el decreto de ley 5965/63 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés.
  • Se sanciona la ley N° 17. 418

    Se sanciona la ley que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de seguros.
  • Se sanciona la Ley N° 19.550

    Se sanciona la Ley N° 19. 550, que incorpora al viejo código comercio un nuevo régimen sobre Sociedades.
  • Se sancionan las Leyes N° 20.094 y N° 20.266

    Se sanciona la ley N° 20.094 incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen para la navegación y la ley N° 20.266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros.
  • Se sancionan las Leyes N° 20.094 y N° 20.266

    Se sanciona la ley N° 20.094, que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen para la navegación y la ley N° 20.266, que incorpora un nuevo régimen para los martilleros.
  • Se sancionan las Leyes N° 24.452 y N° 20.522

    Se se sanciona la ley N° 24.452, que incorpora al viejo código de comercio un régimen de cheques y la ley N° 20.522, que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras.
  • Se sanciona la ley N° 26.579

    Se sanciona la ley N° 26.579, que entre otras cosas, modifica la edad para adquirir la mayoría de edad pasando de 21 a 18 años.
  • Entra en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial de la República Argentina.

    Entra en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial de la República Argentina.
    Se produjo otra gran reforma del Código de Comercio, quizás la más importante hasta nuestros días, el Código de Comercio fue derogado y pasó a regir en el país el Código Civil y Comercial de la Nación, el cual puso fin al proceso de unificación del derecho privado en Argentina. Éste código es el que se encuentra vigente hasta la actualidad en nuestro país y es la principal fuente del derecho comercial en nuestros días.