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Entra en vigencia el Nuevo Código Civil y Comercial de Argentina.
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Se modifica la edad para adquirir la mayoría de edad a 18 años.
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Se Incorpora el régimen de cheques y la ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras.
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Se Incorpora un nuevo régimen de navegación, y la Ley N° 20266 incorpora un nuevo régimen para los martilleros.
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Se incorpora un nuevo régimen sobre sociedades.
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Se incorpora un nuevo régimen de seguros.
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Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagare.
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1) El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos.
2) Se suprimió el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante.
3) Cambios en la reglamentación.
4) Se ajustaron los contratos de mutuo, deposito y prenda,
quitando el material que se consideraba civil. -
Plantea la necesidad de reformar el código de comercio.
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Se sanciona a su vez la ley 15, por la cual se adoptó para toda la Nación el Código de Comercio que regía en la Provincia de Buenos Aires.
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En esta fecha comienza a regir solo en la provincia de Buenos Aires.
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Se aprueba el proyecto del código de comercio.
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se deroga el decreto de Rosas de 1836, donde suprimía el concurso de acreedores.
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Se realiza la presentación del proyecto al poder ejecutivo.
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El Gobierno encomienda la preparación de un proyecto de código de comercio.
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Se suprime los concursos de acreedores por decreto de Rosas.
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Se dictan 3 decretos sobre, actos de comercio, causas de comercios, y alzada de comercio.
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Funcionó un corto tiempo y se dictó la Ley reglamentaria de corredores y Martilleros.
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Por la creación de la asamblea se crea:
_Matricula para comerciantes nacionales.
_Normas sobre las consignaciones.
_Nombramientos de contadores perito en litigios comerciales. -
Se incorporan las normas que regulan el comercio terrestre y marítimo, en la época de la dominación española en el territorio se aplicaron las Leyes de Indias y las Leyes de Castilla. Con la creación del Consulado de Buenos Aires se incorporan las Ordenanzas de Bilbao.