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Buenos Aires segregado de la Confederación encarga a Eduardo Acevedo, la tarea de realizar el proyecto del Código de Comercio en colaboración con Vélez Sárfield.
En un contexto de actividad comercial en incremento, con la llegada de inmigrantes, realizaciones de caminos, desarrollo del Puerto de Buenos Aires que ve incrementado su potencial mercantil. -
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Las llamadas presidencias históricas, que se inicia el 12/10/1862 hasta el 12/10/1880 con los mandatos de Mitre, Sarmiento y Avellaneda, buscaron consolidar la nación, la constitución y la libertad.
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El Congreso autoriza al Poder Ejecutivo a designar comisiones redactoras de los Códigos. El Presidente Mitre encomienda a Vélez Sárfields la redacción del Código Civil.
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Durante la Presidencia de Sarmiento se aprueba, por la Ley 340 el Código Civil de la Nación.
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Hasta 1888 el código civil sólo autorizaba el matrimonio religioso, celebrado en conformidad a sus disposiciones y según las leyes y ritos de la Iglesia a que los contrayentes pertenezcan. Ante el importante movimiento migratorio y respondiendo a la necesidad de la creciente población, se sanciona La Ley 1565 de creación del Registro Civl.
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Cuando comienza a regir el Código Civil, se hizo necesario adaptar el Código de Comercio. Se modificaron artículos y se eliminaron aquellos propios del Código Civil.
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Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés.
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Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de seguros.
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La refoma se introdujo por Ley 17.711, que incorporó a nuestro ordenamiento argentino, entre otras cosas, la figura del divorcio por presentación conjunta de ambos cónyuges.
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Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre sociedades.
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Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros.
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Se reforma el régimen de patria potestad, la que pasó a ser compartida por el padre y la madre
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Incorporó la posibilidad del divorcio vincular.
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Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras.
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Incorporó un nuevo régimen de adopción.
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Entre otras cosas, modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años.
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Incorporó a nuestro ordenamiento argentino la posibilidad del matrimonio entre personas del mismo sexo.
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Comenzó a regir en el 01/08/2015. Reemplazó al Código Civil de 1869, redactado por Dalmacio Vélez Sarsfield, y al Código de Comercio de 1862, redactado por Eduardo Acevedo y Vélez Sarsfield.