-
Respondiendo a una iniciativa del Virrey PEDRO DE CEVALLOS a la dependencia comercial a las actividades mercantiles -
Durante la época colonial regia en nuestro territorio las Leyes de las Indias, que fueron complementadas con las Leyes de Castilla -
Estableció orden bajo las normas de: las Ordenanzas de Bilbao, Leyes De las Indias y las ordenanzas reales de Castilla, que regulaban de manera judicial y administrativa el comercio terrestre y marítimo
-
Acontecimientos posteriores a la Revolución de 1810 -
Se crea la matricula para comerciantes Nacionales, normas sobre las consignaciones, y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales.
-
Creación de la bolsa Mercantil donde se dicto la Ley Reglamentaria de corredores y martilleros -
El ministro Rivadadia dicto tres decretos:
*Actos de comercio
*Causas de comercio
*Alzada de comercio. -
Rosas, dicto por decreto, la supresión de concurso de acreedores. Luego este decreto fue derogado en 1858 -
Fue creado por el jurista Eduardo Acevedo con la colaboración de Dalmacio Vélez Sarsfield
-
El proyecto encabezado por Acevedo fue presentado al poder ejecutivo en el año 1857
-
El decreto instituido por Juan Manuel de Rosas fue derogado
-
Luego de varios intentos el poder legislativo aprobó el proyecto, el cual comenzó a regir en la Provincia de Buenos Aires ( en aquel entonces segregada de la Confederación ) en el año 1860. -
Reintegrado el Estado de Buenos Aires a la Confederación, en 1862, se sancionó la ley 15, por la cual se adoptó para toda la Nación el Código de Comercio.
-
Se sanciona el código civil, que planteó la necesidad de reformar el Código de Comercio. -
Modificaciones:
1* El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos.
2* Se suprimió el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante.
3* Cambios en la reglamentación sobre: corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, letras de cambio, cheques, derecho marítimo, quiebras.
4* Se ajustaron los contratos de mutuo, depósito y prenda,
quitando el material que se consideraba civil. -
Se sanciona el Decreto-Ley 5965/63 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés.
-
Se sanciona la Ley N° 17.418 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de seguros
-
Se sanciona la Ley 19.550 que incorpora al viejo código de comercio
un nuevo régimen sobre sociedades. -
Se sanciona la Ley 20.094 que incorpora al viejo código de comercio
un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros. -
Se sanciona la Ley 24.452 que incorpora al viejo código de comercio
un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras. -
Se sanciona la Ley 26.579 que, entre otras cosas, modifica la edad
para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años -
Se deroga el Código de Comercio de 1862 y pasa a regir el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.
Se puso fin al proceso de unificación del derecho privado.
El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación:
*Considera a las “personas” en forma unificada y las clasifica como “personas humanas” o como “personas jurídicas”
*Desaparece la diferencia entre contratos civiles y comerciales.
*No existe más la sociedad civil ni tampoco la sociedad
comercial.
Looking for a timeline maker?
Create timelines for projects, roadmaps, history, lessons, legal cases, and stories with Timetoast. Timetoast is a timeline maker for work, school, research, and stories.