Administración Pública Federal

  • Los antecedentes más remotos de la administración pública

    Los antecedentes más remotos de la administración pública
    Se sitúan en la etapa del virreinato de la
    Nueva España; etapa durante la cual se publican documentos históricos importantes que fueron dando
    forma a la administración pública nacional; como ejemplos, tenemos el Informe Central del Visitador de
    José de Gálvez en el año 1771, el dictamen de Revillagigedo de 1791, las Disposiciones, Órdenes o
    Instrucciones, dadas por el rey y su Consejo a sus representantes en la Nueva España.
  • Estructura de la administración pública.

    Estructura de la administración pública.
    Se integró por cuatro ministerios: a)
    Relaciones Exteriores e Interiores; b) Justicia y Negocios Eclesiásticos; c) Hacienda, y d) Guerra
  • Administración congresional

    Administración congresional
    Promulgación de la primera constitución; teniendo como característica principal la concentración de las facultades y atribuciones en el Congreso con relación con el Poder Ejecutivo como consecuencia de la debilidad institucional de este último tanto en el orden político, como en el jurídico y el administrativo.
  • Establecimiento de un sistema centralista

    Establecimiento de un sistema centralista
    Con la promulgación de las denominadas Siete Leyes, en 1837 hubo un intento por separar las áreas de Política exterior y Política interior.
  • Instauración de departamentos ministeriales

    Durante el Imperio de Maximiliano de Habsburgo, y con la promulgación del Estatuto Provisional del Imperio Mexicano en 1865, se establecieron nueve departamentos ministeriales, siendo estos de acuerdo con su artículo 5º;
    Ministro de la Casa Imperial:
    “ id. de Estado;
    “ id. de Negocios Extranjeros y Marina;
    “ id. de Gobernación;
    “ id. de Justicia;
    “ id. de Instrucción pública y cultos;
    “ id. de Guerra;
    “ id. de Fomento;
    “ id. de Hacienda.
  • Restablecimiento del imperio

    Quedaron separadas de manera definitiva las secretarías Gobernación y Relaciones Exteriores. Durante el Porfiriato, y en el contexto del impulso al desarrollo económico, propio de este periodo; el 13 de mayo de 1891, se retiraron de la Secretaría de Fomento, las funciones de elaboración y dirección de la infraestructura pública, para originar la séptima área en el organigrama del gobierno federal: la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas.
  • Promulgación de la Constitución de 1917.

    Promulgación de la Constitución de 1917.
    La secretaría de Industria y Comercio fue reintegrada a la de Fomento; como entes adscritos a las secretarías estado fueron creados los Departamentos Administrativos con funciones esencialmente coyunturales, que no requerían de estructuras normativas o políticas más elaboradas; las secretarías de Gobernación y Relaciones Exteriores volvieron a ser fusionadas, ahora con el nombre de Secretaría de Estado.
  • Administración Pública Presidencial

    Administración Pública Presidencial
    La administración pública tiene un enorme crecimiento, diversificación, especialización y complejidad, como lo demuestran las sucesivas modificaciones al aparato gubernamental: la Ley de Secretarías de Estado, Departamentos Administrativos y demás Dependencias del Poder Ejecutivo Federal; así como las tres modificaciones a la Ley de Secretarías y Departamentos de Estado.
  • El desarrollo compartido

    Corresponde a las administraciones de Luis Echeverría y José López Portillo, se lleva a cabo una modificación a la Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, creando por primera vez la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
  • Reforma administrativa, durante el gobierno de José López

    Reforma administrativa, durante el gobierno de José López
    Portillo, y que tuvo como principales directrices la de crear el sistema nacional de planeación y buscó
    tener una orientación programática con la nueva Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con
    la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público, así como con la Ley de Deuda Pública; lo cual va
    dando un carácter y una identidad a la administración pública que conocemos hoy.