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Las sanciones eran muy diferentes a las actuales:
-El pueblo conocía normas de conducta mediante pinturas jeroglíficas.
- La venganza privada era permitida.
-Entre las sanciones estaba la muerte, esclavitud, castigos corporales y destierros solo por mencionar algunos.
-La duración de la pena dependía de la clase social del delincuente. -
Es una etapa barbara en el periodo de la formación del derecho penal, origino homicidio y lesiones.
Surge la famosa Ley del Talión:
"Ojo por ojo diente por diente".
Significa que el ofendido era el único con derecho de causar el mal de igual intensidad al sufrido. -
El delito es causa de descontento de los dioses por lo que jueces y tribunales juzgan según la divinidad ofendida.
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Al hacerse una distinción entre delitos privados y públicos los tribunales juzgan mediante la colectividad y se encargan de salvaguardar penas más crueles e inhumanas, la principal de ellas es la tortura.
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"A toda acción corresponde una reacción".
Las penas comienzan a establecerse por jueces justos y humanos y se castiga en base al contrato social.
La pena de muerte no es una opción como castigo. -
Se establecen instituciones jurídicas para regularizar la vida de los territorios españoles. El delito se concibió desde una perspectiva religiosa y política.
Sus penas se determinaron según la raza del condenado y podía ser:
-Pena de muerte.
-Prisión.
-Destierro.
-Multa.
-Confiscación.
-Trabajo para los indios en los conventos. -
Ordenamientos aplicados en la nueva España, se sustentaban en la tradición romano-canónica-germánica. Son el origen del nuevo sistema jurídico actual.
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Es la Constitución de Apatzingán que tiene las bases para la promulgación de futuras leyes penales.
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Surgen problemas en torno a la estructura política por lo que las normas vigentes en esta época fueron confusas y arbitrarias. Entre algunas de sus medidas esta:
-Sancionar la portación de armas.
-Sancionar el robo.
-Sancionar la vagancia.
-Sancionar la malvivencia. -
Se expide el primer ordenamiento penal de la historia, El Código Penal de Veracruz, se basó en el Código Penal Español de 1822
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Elaborado por Antonio Corona, el proyecto no tuvo validez.
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Se adopta el Sistema Federal, se establecen las bases para la emisión de leyes penales. De esto la necesidad de emitir un Código Penal para toda la federación y territorios federales.
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Conocido como el Código de Martínez de Castro, se adoptó la ideología liberal proveniente de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre.
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Este código se elaboró después de la emisión de la Constitución de 1917 y también es llamado Código de Almaraz, en él se habla sobre la política criminal y la concepción del delito.
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Se habla sobre el delito como un hecho contingente y la pena como una necesidad de defensa y prevención social. Se habla sobre las sanciones penales y las soluciones.
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El cual dejo de ser aplicable para el Distrito federal con la reforma del 23 de diciembre de 1974.
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El Código queda como Código Penal Federal (CPF).
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En esta reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se establecen las bases para un nuevo sistema en materia de seguridad pública y justicia penal.
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Es una de las reformas más importantes para las bases del nuevo sistema de justicia penal y para los derechos humanos.
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Se adoptó un nuevo proceso penal acusatorio que ofrece una interpretación del derecho penal mexicano y su aplicación.