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Por medio de La ley de las XII tablas de bronce inician el Derecho Civil. Estas fueron recopilaciones obtenidas de las leyes de Grecia
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Se crea el Derecho Español a través del Breviario de Alárico
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El Derecho Civil proviene de la compilación de Justiniano: Corpus Iuris Civilis (cuerpo integrado por un Código, un ordenamiento, las Instituciones y las Constituciones)
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Se recopilan obras de jurisprudencia del Derecho Romano elaboradas por el jurista romano Gayo
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Los Aztecas ejercen el Derecho consuetudinario (donde las costumbres eran conocidas y no necesitaban estar en escrito para hacerse valer). Los derechos que ejercían eran el régimen de la propiedad, matrimonio y divorcio, tribunales aztecas y juicios orales.
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Caida del Imperio Romano e imposibilitó la creación de nuevos documentos que extendiesen el conocimiento sobre esta rama del Derecho, pero sirvió de base del Derecho Civil como en Francia
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Llega el Derecho a México a través de la Conquista Española
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Fueron las primeras disposiciones de Cortés del Derecho Indiano
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Evangelización de indigenas
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El Código Civil Francés de Napoleón Bonaparte. Este Código se divide en Titulo preliminar; libro primero: de las personas y de la familia; libro segundo: bienes, cosas, propiedad y servidumbre; libro tercero: modos de adquirir la propiedad.
Este Código inspiró a García Goyena a su proyecto de Código Civil Español -
Siendo Primer cónsul de Francia, Napoleón crea el Código de Procedimientos Civiles
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Se crea el Código de Comercio
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Se crea el Código de Instrucción Criminal
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Se crea el Código Penal
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Independencia de México
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Decreto Constitucional para la libertad de América Mexicana: Constitución de Apatzingan
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Fin del Derecho Indiano (España justificó la necesidad de conquistar los espacios que no estaban abandonados debido a la supuesta necesidad de evangelizar a los indígenas y que España no fuera denominado un usurpador)
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Declaración del acta de Independencia
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Código Civil de Oaxaca es el primero en Iberoamérica
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Código Civil de Zacatecas
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Los comentarios del proyecto del código civil español de 1851 de García Goyena influyen en el Código Civil Mexicano de 1870
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Revolución de Ayutla y Leyes de Reforma (Ley del matrimonio Civil, Ley Orgánica del Registro Civil)
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Ley de Nacionalización de los bienes del clero en México
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El Pdte Juárez encargó al Dr. En Derecho Don Justo Sierra la elaboración de un proyecto de Código Civil
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Instauración del Segundo Imperio Mexicano. Código Civil del Imperio Mexicano
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Restauración de la República
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Código Civil de Veracruz.
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Los Código Civil de Holanda (Fundado en el Código Napoleón) y Portugal (fundado en el proyecto español García Goyena) fueron antecedentes de nuestra codificación de 1870
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Durante la vigencia del Codigo Civil de 1870 se dictaron las leyes relativas a la colonización y a las compañías deslindadoras para regularizar la situación de los terrenos baldios o del dominio nacional y se aprobó el Código Civil
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Inicio de vigencia del Código Civil
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Inicio de dictadura de Porfirio Díaz
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Comisión de revisión del Código Civil
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El código acoge el concepto romano de propiedad, como “el derecho de gozar y disponer de una cosa sin más limitación que las que establecen las leyes”. Dentro de las modificaciones se encuentra la libertad testamentaria y se introdujo el divorcio por mutuo consentimiento
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Creación del Partido Nacional Antirreleccionista por Francisco I. Madero
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Plan de San Luis Potosí. Revolución Mexicana
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Carranza se compromete a dotar a los ciudadanos de leyes de corte social como agregado al Plan de Guadalupe. Y crea la Ley del divorcio vincular (que hace referencia para poder contraer nupcias después del divorcio)
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Carranza expide la Ley sobre las relaciones familiares (igualdad entre hombre y mujer dentro del matrimonio, divorcio por mutuo consenso, regulación sobre paternidad, filiación, adopción, patria potestad, alimentos, tutela, patrimonio familiar). Se promulga la Constitución Mexicana. El gobierno revolucionario procedió a plantear la redacción de un nuevo Código Civil que influyó en las instituciones económicas fundamentales del código civil: la propiedad, el contrato, la responsabilidad por daño
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Fue promulgado por decreto el 30 de Agosto de 1928 este reformado código Civil Mexicano que inició su vigencia hasta el primero de Octubre de 1932. Cada uno de los estados adquirieron la categoría de Estados de la Federación y promulgaron su propia legislación civil y por lo tanto el código civil de 1928 solo tiene aplicación en el DF en materia común y en todo el territorio de la República, en materia federal, entre ellos Puebla quien se apartan en su legislación civil, del código distrital.
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El código civil vigente incluye los temas de:
- Personas
- Bienes
- Sucesiones
- Obligaciones y contratos -
Inclusión de Instituciones familiares en Legislación Civil. Se incorporaron temas como la emancipación de la mujer, síndrome del niño maltratado, la violencia familiar, los derechos en el concubinato, etc.
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El 31 de Diciembre de 1969 se reformó el artículo 646 del Código Civil y se establece que la mayoría de edad comienza a los 18 años cumplidos
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Se reformaron artículos del Código Civil y del Código de Procedimientos Civiles para crear los jueces de lo familiar.
1974. El 31 de Diciembre de 1974 se reformó el código civil para reformar el principio de igualdad del varón y la mujer ante la ley y sobre decidir el número y espaciamiento de sus hijos. Asi como imponiendo al testador la obligación