Transferencia de fondos de comercio

  • 1 CE

    Inicio del proceso

    Previamente quien desee transferir un fondo de comercio deberá seguir los artículos 2 y 3 de la Ley N° 11687:
    Articulo 2: publicar un aviso, por 5 días.
    Articulo 3: entregar al presunto comprador una nota firmada que contenga información detallada de los acreedores y su deudas.
    Es decir:
    • Acuerdo entre las partes para transferir el fondo de comercio.
    • Identificación de todas las partes involucradas y sus representantes legales
  • 2

    Presentación de la documentación oficial

    • Reunión entre las partes para recopilar la documentación necesaria.
    • Preparación del contrato de transferencia de fondo de comercio y sus anexos.
    • Obtención de la documentación legal pertinente, como el título de propiedad del establecimiento, registros comerciales, balances contables, etc.
  • 3

    Notificación a los acreedores

    • Notificación a los acreedores del vendedor sobre la intención de transferir el fondo de comercio.
    • Espera del plazo de 30 días para que los acreedores puedan hacer objeciones a la transferencia.
  • 4

    Artículos 4 y 5 de la ley N°11.687 oposición y embargo

    El acreedor que se hubiera opuesto, tendrá 20 días para trabar embargo judicial. Si el acreedor no trabase el embargo judicial en el plazo indicado, transcurrido el plazo de 20 días, el depositante podrá retirar las sumas depositadas en la cuenta.
  • 4

    Evaluación de objeciones

    • Revisión y evaluación de las objeciones presentadas por los acreedores.
    • Resolución de las objeciones de manera amigable o, en su defecto, a través de procedimientos legales
    Basándose en el articulo 4 y 5 sobre oposición y embargo: Los acreedores tendrán 10 días para notificar su oposición a la operación de transferencia. El comprador, se encontrara obligado a retener el importe correspondiente a su crédito y a depositar dicho monto en cuenta.
  • 5

    Celebración del contrato

    • Firma del contrato de transferencia de fondo de comercio por todas las partes involucradas.
    • Pago del precio acordado y entrega de los bienes correspondientes.
  • 6

    Registro de la transferencia

    • Presentación del contrato de transferencia y demás documentos ante la autoridad competente para su registro.
    • Obtención del certificado de registro que valida la transferencia del fondo de comercio.
    En base al articulo 4 de la ley N° 11687: Solo podrá firmarse después de transcurridos 10 días desde la última publicación. El documento, para producir efectos frente a terceros, deberá: Extenderse por escrito; y Inscribirse en el Registro Público, dentro de los 10 días de su otorgamiento.
  • 7

    Notificación a Terceros

    • Notificación a terceros, como clientes y proveedores, sobre la transferencia del fondo de comercio.
    • Actualización de registros comerciales y comunicación de cambios en la titularidad del negocio.
  • 8

    Finalización del proceso

    • Confirmación de que todos los pasos han sido completados satisfactoriamente.
    • Cierre de cualquier procedimiento legal pendiente relacionado con la transferencia.