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PASO 1: Negociación y Acuerdo Preliminar
El paso 1 es la etapa de conocimiento mutuo y entendimiento básico entre el comprador y el vendedor sobre la intención de transferir el fondo de comercio y las condiciones generales de esa transferencia. Es la primera aproximación formal hacia la concreción del negocio.
Puede llevar entre 1 y 4 semanas desde el momento de la reserva, dependiendo de la rapidez con la que se acuerden las condiciones. -
PASO 2: Publicación de Edictos
El paso 2 es como poner un anuncio oficial y público de que la empresa se va a vender, con todos los detalles importantes de la operación, para que los posibles acreedores del dueño actual tengan la oportunidad de hacer valer sus derechos antes de que la venta se concrete definitivamente. Es una medida de transparencia y protección para aquellos que tienen créditos pendientes con el vendedor.
Se deben publicar avisos en el Boletín Oficial y un diario local durante 5 días. -
Paso 3: Oposición de Acreedores
El paso 3 es el momento en que los acreedores del vendedor tienen la oportunidad legal de levantar la mano y decir "¡un momento! A mí se me debe dinero y esta venta no puede concretarse sin que se me pague o se me den garantías suficientes". Es un mecanismo de protección para asegurar que la transferencia del fondo de comercio no se convierta en una forma de defraudar a los acreedores existentes.
Una vez finalizada la publicación, los acreedores tienen 10 días para presentar sus oposiciones. -
Paso 4: Retención de Créditos y Depósito (Si hay oposición)
El paso 4 es una medida de precaución y garantía para los acreedores que se opusieron a la venta de la panadería. Obliga al comprador a retener una parte del precio y a ponerlo a disposición de la justicia para que los reclamos puedan ser resueltos legalmente. Solo si no hay oposiciones, o si los acreedores no inician acciones legales en el plazo establecido, se continúa con el proceso de transferencia sin esta retención.
Esos fondos permanecen depositados por un período de 20 días. -
Paso 5: La firma del contrato de transferencia
El paso 5 es la formalización legal de la transferencia a través de un contrato escrito y firmado por ambas partes. Este documento detalla todos los aspectos relevantes de la operación y sienta las bases para el traspaso efectivo del negocio al comprador. La intervención de un escribano público en este punto es altamente recomendable para asegurar la validez y oponibilidad del contrato.
La firma del contrato es válida para el comprador solo después de 15 días de publicados los edictos. -
Paso 6: La inscripción del contrato de transferencia
El paso 6 es el acto de dar publicidad oficial a la transferencia del fondo de comercio mediante su inscripción en el Registro Público correspondiente. Esta inscripción es esencial para proteger los derechos del comprador frente a terceros y consolidar la validez de la operación más allá de la relación entre las partes originales. Es un trámite administrativo fundamental para la seguridad jurídica de la transferencia. Tenes 10 días para inscribir la escritura tras proteger a los acreedores. -
Paso 7: La entrega del fondo de comercio.
El paso 7 es la etapa final y tangible de la transferencia del fondo de comercio. Es el acto por el cual el comprador toma control físico y operativo del negocio, permitiéndole continuar con la actividad comercial. La formalización de la entrega mediante un acta es una práctica prudente para evitar futuras disputas.