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Publicar un aviso por 5 días en el diario oficial y en uno o más diarios locales.
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Entregar al comprador una nota firmada con detalles de los créditos adeudados, acreedores, montos y fechas de vencimiento.
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Los acreedores tienen 10 días para notificar cualquier oposición a la transferencia
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Los acreedores tienen 20 días desde la notificación de oposición para trabar embargo judicial
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Pasados 10 días de la última publicación y resueltas las oposiciones, se firma el documento de transferencia.
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El documento debe inscribirse en el Registro Público dentro de los 10 días posteriores a su otorgamiento