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*Duración: 5 días consecutivos.
*Dónde: Boletín Oficial y en uno o más diarios del lugar donde funciona el establecimiento.
*Contenido mínimo del aviso:
. Tipo y ubicación del negocio.
. Nombre y domicilio del vendedor y comprador.
. Nombre y domicilio del rematador y escribano, si estos intervienen. -
Debe contener al menos la siguiente información:
. Detalle de los créditos adeudados.
. Nombre y domicilio de los acreedores.
. Monto de los créditos adeudados.
. Fechas de vencimiento (si las hay). -
. Los acreedores tendrán 10 días para
notificar su oposición.
. Los acreedores pueden oponerse notificando al comprador, rematador o escribano, y solicitar:
*Retención del importe de su crédito.
*Depósito en cuenta especial/judicial. -
. Plazo: 20 días desde la oposición del acreedor.
. Acción: Si no se embarga dentro del plazo, el comprador puede retirar el dinero depositado. -
. Requisitos para firmar:
* Haber transcurrido al menos 10 días desde la última publicación.
* No exista oposiciones, o bien, se deben haber hecho los correspondientes retenciones y depósitos. -
. Requisito: Extenderse por escrito e inscribirse para que tenga efectos frente a terceros.
. Plazo: Dentro de los 10 días desde el otorgamiento del documento.