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Se debe publicar durante 5 días consecutivos en: -El Boletín Oficial
-Uno o más diarios locales del lugar donde funciona el fondo El aviso debe contener: -Clase y ubicación del negocio
-Nombre y domicilio del vendedor y comprador
-Nombre y domicilio del rematador/escribano (si intervienen) -
Los acreedores tienen 10 días desde la última publicación para: -Notificar su oposición
-Exigir retención y depósito judicial del monto de su crédito -
El vendedor deberá entregar una nota firmada al comprador que incluya: -Detalle de los créditos adeudados
-Nombres y domicilios de los acreedores
-Monto total y fechas de vencimiento de cada crédito -
Si hubo oposición, el acreedor debe trabar embargo judicial en un plazo de 20 días desde la oposición.
Si no lo hace, el comprador podrá retirar las sumas depositadas. -
Solo podrá otorgarse el documento si: -Pasaron 10 días desde la última publicación
-No hubo oposición, o se realizaron las retenciones/depósitos correspondientes El documento debe: -Redactarse por escrito
-Inscribirse en el Registro Público dentro de los 10 días posteriores