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Teoría general del proceso y derecho procesal

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    Los pueblos primitivos

    Los pueblos primitivos
    Cualquier comunidad primitiva observamos que la administración
    de justicia está en manos de un jefe, de un consejo de ancianos o de un brujo y que la solución de los litigios tendrá características místicas o mágicas religiosas. Los procesos se caracterizan por su formalismo y teatralidad.
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    Roma

    Roma
    Roma se caracteriza principalmente por ser un jurista y guerrero, se divide en tres procesos: durante la monarquía, que es una fase primitiva de desarrollo en todos los ámbitos culturales y sociales, tenemos la etapa llamada de las acciones de la ley. Durante la república se nos presenta la etapa denominada del proceso formulario, y en el imperio surge el llamado proceso extraordinario. En estas entran el orden judicial privado y el orden judicial público.
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    Los germánicos

    Los germánicos
    Existía una asamblea del pueblo o de los miembros libres del pueblo, llamada el Ding, ante la cual el juez solamente intervenía como instructor, es decir, como un investigador del derecho y un director de los debates. La sentencia era pronunciada por esta asamblea, como resultado de una propuesta de la que, a su vez, después recaía un mandamiento del juez, concreto, que hacía ya las veces de una sentencia.
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    Proceso medieval italiano

    Proceso medieval italiano
    En Italia se completa la fusión de los procedimientos romano y germano. La característica principal del proceso medieval italiano es su lentitud. Contra ella, desde la mitad del siglo xiii se iniciaron reformas conducentes a obtener una mayor rapidez en el procedimiento. Surgen los juicios de tipo sumario, que son el procedimiento ejecutivo, el proceso de mandato condicionado o no condicionado y el procedimiento de embargo.
  • Antiguo enjuiciamiento español

    Antiguo enjuiciamiento español
    La organización judicial con aplicación exclusiva a los godos aparece en España consignada, más que en los cuerpos de legislación general, más o menos influidos por ideas romanas, en los fueros de las ciudades, donde el derecho se manifiesta con mayor espontaneidad. Asimismo, con la influencia germana en España también surge el fuero juzgo que tiene influencia humanista.
  • Revolución francesa y la codificación

    Revolución francesa y la codificación
    La Revolución francesa fue un movimiento social, económico y de contenido filosófico y político. La nueva filosofía del estado implicó la fijación de límites a su actividad y con ello un lugar para los derechos fundamentales del hombre y del ciudadano, o garantías individuales. Asimismo, la codificación francesa de principios del siglo xix es uno de los principales frutos de la Revolución. Esta codificación tiene el mérito de separar los textos sustantivos de los textos adjetivos o procesales.
  • Proceso inquisitorial

    Proceso inquisitorial
    Es característico de los regímenes absolutistas anteriores a la Revolución francesa. Aquí, el juez ejerce el poder que le ha sido transmitido o delegado por el soberano, sin ninguna limitación. Además de ser el juzgador, es también un investigador con amplios poderes e inclusive un acusador.