Teoría General del Proceso

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    Pueblos Primitivos

    La máxima autoridad era el rey, había tribunales como el Tlacatécatl. Los procesos se caracterizaban por su oralidad, formalismo teatralidad (gestos, actuaciones e inclinaciones). El pueblo azteca contaba con tribunales y con un proceso algo organizado.
    La administración de justicia a manos de un jefe, de un consejo de ancianos o brujo dicha solución de los litigios tiene características místicas y religiosas. Los atenienses se caracterizaron por su tinte democrático y de tendencia publicista.
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    Roma

    La historia de Roma se divide en 3 etapas: Monarquía, República, Imperio. La república se nos presenta la etapa denominada del proceso formulario, y en el imperio surge el llamado proceso extraordinario. Son etapas de desarrollo histórico del proceso
    jurisdiccional romano, las 2 primeras de orden judicial privado y la tercera al orden judicial público. Las acciones de la ley por los procedimientos rigurosos enmarcados en el ritualismo parecido a la religiosidad. Fundamentado en "Las XII tablas"
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    Los Germánicos

    Conocidos por ser de índole publicista, tenían una asamblea llamada "Ding" donde el juez sólo intervenía como instructor, la sentencia era pronunciada por la asamblea. Tenían procedimiento público, oral y formalista. Al lado de las actuaciones procesales,
    hay un constante regreso a las formas auto tutelares y en especial al duelo, al juicio de Dios y a las ordalías.
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    Proceso Medieval Italiano

    La característica principal del proceso medieval italiano es su lentitud. En Italia se completa la fusión de los procedimientos romano y germano. El proceso comienza con una citación con plazo hecha al demandado, plazo donde se presenta la demanda. Inician reformas para obtener una mayor rapidez. Más tarde se convirtió en un procedimiento rápido y más tarde recibe el nombre de procedimiento sumario indeterminado, aligerado de formalidades, que conduce a una sentencia, ésta puede ser firme.
  • 1265

    Antiguo enjuiciamiento Español

    La creación del Fuero Juzgo (fusión del espíritu germánico y romano) acompañado de humanismo y gran filosofía. Uno de los ordenamientos con más importancia es el Código de las Partidas de 1265, hizo un retorno al proceso clásico romano, y que, en su partida III, que tiene como antecedente de derecho procesal al Digesto, el antecedente de mayor importancia de las legislaciones procesales de los pueblos de habla española. El sistema judicial ponía en frente de cada comunidad un "conde".
  • La Revolución Francesa y la Codificación

    Todo lo que no está prohibido esta permitido. Grandes filósofos Rousseau, Montesquieu, Voltaire y Locke atacan el poder absoluto de monarcas, y se sientan las bases para la creación de modernos estados de derecho, y se crean cimientos para la Revolución Industrial Mecánica y el Capitalismo. La codificación fue parte de la Revolución, tiene mérito de separar los textos sustantivos de los adjetivos o procesales.
  • Proceso Inquisitorial

    El juez ejerce el poder sin limitación, es juzgador, investigador y acusador (regímenes absolutorios).Este proceso presume la culpabilidad no la inocencia (el acusado debe presumir que es inocente no probar la culpabilidad). El proceso Inquisitorial era escrito, secreto, y no contradictorio, ya que el juez obedecía a su íntima convicción.