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TEORÍA DEL PROCESO. LINEA DEL TIEMPO. JESÚS GARCÍA BARRALES

  • 1400 BCE

    Pueblos primitivos 3000 -1400 aC.

    Pueblos primitivos 3000 -1400  aC.
    Sus procesos judiciales hacían referencia a formalismos, teatralidad y palabras sacramentales. La justicia en ocasiones ejercida con extremada brutalidad, la resolución emitida tiene características dogmáticas con total respeto del procedimiento y de gran drama que daban formalidad y validez. La administración de la Justicia estaba a cargo de un Jefe, consejero de ancianos o brujo.
  • 753 BCE

    ROMA 753 aC – 476dC

    ROMA 753 aC – 476dC
    Tuvo carácter militar y jurídico, su historia se divide en tres etapas. Monarquía, República e Imperio.
    La monarquía, fase primitiva de desarrollo en todos los ámbitos culturales y sociales, tenemos la etapa llamada de las acciones de la ley; con un orden judicial privado.
    La república, etapa denominada del proceso formulario, con un orden judicial privado.
    El imperio: llamada proceso extraordinario; con un orden judicial público.
  • 500

    Germanicos 500 dC.

    Germanicos 500 dC.
    Causas de la decadencia del imperio Romano;surgimiento del cristianismo, marcha de los pueblos germánicos hacia el sur, iniciando la Edad Media. El proceso germánico se caracterizó como publicista. Existía una asamblea del pueblo o de los miembros libres del pueblo, llamada el Ding, ante la cual el juez solamente intervenía como instructor, la sentencia era pronunciada por asamblea, después recaía un mandamiento del juez. Dicho procedimiento era de orden público, oral y de rigor formalista.
  • La Revolución Francesa Y La Codificación 1789

    La Revolución Francesa Y La Codificación 1789
    Se caracteriza como movimiento social económico político y filosófico, con el triunfo de la burguesía sobre la nobleza y el feudalismo. Surge la codificación francesa, que tiene como mérito el separar códigos de derecho adjetivo y procesal, código civil, penal, procesal civil y de procedimientos penales y el código de comercio.
  • Antiguo Enjuiciamiento Español 1805

    Antiguo Enjuiciamiento Español 1805
    Un ordenamiento de la evolución del derecho español fue el código de las partidas de 1265, que retornó al proceso clásico romano y que en su partida III tiene al digesto como antecedente de derecho procesal. La 3 partida se proyecta como fuente de inspiración de los códigos de procedimientos civiles hispanoamericanos. Entre otros ordenamientos característicos del derecho español figuran Leyes de Toro de 1503, la Nueva Recopilación de 1567 y la Novísima Recopilación de Leyes de España de 1805
  • Proceso Medieval Italiano 1855

    Proceso Medieval Italiano    1855
    Derivados de la fusión de los procedimiento romanos y germánicos. El proceso comienza con la citación con plazo dentro del cual se presenta la demanda, contra esta el demandado puede oponer excepciones, se recibe pleito a prueba con reglas determinadas, sentencia puede ser impugnada. en esta etapa surgen los juicios sumarios como el procedimiento ejecutivo, el proceso de mandato condicionado o no condicionado y el procedimiento de embargo.
  • Proceso Inquisitorial 1978

    Proceso Inquisitorial 1978
    El proceso inquisitorial entraña un amplísimo poder de los órganos del estado y muy limitadas posibilidades de actividad de los particulares frente al orden estatal.
    consta de 3 etapas:
    1.Proceso inquisitorial: el juez ejercicio todo el poder, es característico de los regímenes absolutistas.
    2.Proceso dispositivo: el estado es un ente de autoridad, es característico del liberalismo individualista
    3.Proceso publicista: crea ramas especiales del derecho es característico del socialismo colectivo.