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Conocido como Código Lares de 1854 fue desconocido por Benito Juárez, por considerar a don Teodosio Lares imperialista, reimplantándose en ese tiempo en nuestro país las Ordenanzas de Bilbao, las cuales en forma expresa habían sido reconocidas en México el 15 de noviembre de 1841
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Este ordenamiento comprendia casi la totalidad de las instituciones que en esa epoca se consideraban incluidas en el Derecho Mercantil sustantivo, terrestre y maritimo, asi como el Derecho Procesal Mercantil.
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Se dicto por la Secretaria de Hacienda y Credito Público, para la capital del país.
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En esta ley se sienta expresamente un principio, el caracter comercial de las empresas mineras y de los juicios en materia de mineria; y se dispuso por tanto, que el Código de Comercio se aplicaría supletoriamente, antes de recurrir al Derecho Común.
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Primera ley que solo aplicaba a tres de ellas y perduraron hasta 1932, los bancos de emisión, los hipotecarios y los refaccionarios.
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México ratifico dicha convención para la protección de la propiedad industrial; un poco antes se dictaron una Ley de Patentes de Invención y otra sobre Marcas Industriales (25 de agosto de 1903)
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Del Autor Silvestre Moreno Cora, que constituye la primera obra jurídica sistematica de esta disciplina en México.
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En el DOF se publico esta primera ley con motivo de vencimiento de un contrato que el gobierno federal habia celebrado en 1895 con la American Surety Company, un mes despues se publica un reglamento para el regimen de estas compañias.
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Se legisló sobre las compañías aseguradoras, sobre los contratos de seguro y reaseguro y sobre las polizas.
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La que se creó al Banco de México en 1925, incorporaban cierta independencia entre el Banco y el gobierno federal para evitar que preponderaran los intereses políticos de coyuntura sobre los nacionales de largo plazo.
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15 de marzo se crea el Banco Nacional de crédito Agrícola, permitia la conceción de créditos para fines agrícolas.
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Bajo la presidencia de Pascual Ortiz Rubio, se publico esta ley que consagró un sistema mixto de billetes y monedas metálicas, declarando que solo los billetes tendrían poder liberatorio ilimitado.
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Fue publicada en el DOF la Ley General de Sociedades Mercantiles regula la constitución de las sociedades mercantiles, las obligaciones que se derivan del contrato para los socios y la estructura de la sociedad.
La Ley GSM distingue seis tipos de sociedades mercantiles: Sociedad en nombre colectivo, sociedad en comandita simple, sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima, sociedad en comandita pora acciones y sociedad cooperativa. -
El presidente Lázaro Cardenas del Río promulgo esta ley en el DOF
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Constituye un códgio sobre el transporte, y que ademas de precisar cuales son las vias en que este se mueve, hace referencia a los medios o instrumentos de comunicacion, tanto para regular en el aspecto administrativo unas y otros, como, lo que ya es propio del Derecho mercantil, para reglamentar las empresas, y en menor medida los diferentes contratos.
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El artículo 123 fracción VI, que concede a los trabajadores de empresas agricolas, fabriles, comerciales y mineras el derecho a participar en las utilidades, el cual permaneció incumplido hasta las reformas propuestas por el Presidente López Mateos.
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Actualmente regula la Sociedad Cooperativa, publicada en el DOF, abrogando a su antecesora de 1938.
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Regulan los fondos de inversión como sociedades, como son: fondo de inversión, sociedad operadora de fonos de inversión, sociedad distribuidora de fondos de inversión, sociedad valuadora de fondos de inversión,
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Regula tres modalidades de la sociedad que son: la sociedad anomnima promotora de inversión (SAPI), sociedad anonima promotora de inversipon bursatil (SAPIB) y la sociedad anonima bursatil (SAB).