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Se restablecen las suplencias en las corporaciones públicas que habían sido abolidas en la Constitución de 1991. Una reforma fatal que de no haberse hecho, hubiera contribuido a blindar al Congreso de las injerencias de grupos y dineros ilícitos, tanto en el escándalo del 8.000 como en el de la parapolítica.
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Se erige a Barranquilla en Distrito Especial, Industrial y Portuario Transitoriamente el Presidente de la República pudo expedir la Ley del Plan Nacional de Desarrollo
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Se modifican los criterios para la distribución de los recursos que la Nación transfiere a las entidades territoriales
Se ordena que los tribunales militares estarán integrados por militares en servicio activo o en retiro. -
Los diputados de las Asambleas Departamentales adquieren el carácter de “servidores públicos”.
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Se suprime la posibilidad de que el Congreso establezca la expropiación de bienes sin indemnización por razones de interés social. No tiene demasiado impacto porque nunca se puso en práctica mientras estuvo vigente.
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La capital se llamará Bogotá D.C. y no Santa fe de Bogotá D.C. como lo establecía la Constitución de 1991. . Se incluye el gasto en deporte y recreación en el gasto público social.
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Se establecen restricciones al monto del crecimiento del sistema general de participaciones destinado para gastos generales en las entidades territoriales
Se reconoce la jurisdicción de la Corte Penal Internacional- Estatuto de Roma. -
Se otorga nacionalidad a hijos de colombianos que hubieran nacido en el exterior que se registren en una oficina consular Se amplía el período de gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles a 4 años
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Reforma Política que incorpora listas únicas, umbral, voto preferente, cifra repartidora y prohibición de la doble militancia. La mala noticia es que se le quitó independencia política al Consejo Nacional Electoral al decidir que sus miembros los nombra el Congreso y, como estaba, el Consejo de Estado
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Referendo: pérdida de derechos políticos a quienes hubieran sido condenados por delitos contra el patrimonio del Estado Se aprueba la reelección presidencial inmediata.
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Se reformó el régimen pensional para incluir a casi toda la población. Siguieron en regímenes especiales, los integrantes de la Fuerza Pública (militares y policías) y el Presidente de la República. Los maestros mantendrán las condiciones de pensión establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo acordadas en el 2003.
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Se modifica por tercera vez, el régimen de transferencias de los departamentos, distritos y municipios. Todas las modificaciones han tendido a restringir la autonomía administrativa o a controlar el gasto de las regiones.