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El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana. -
Garantiza no sólo la constitucionalidad del proceso de formación de las leyes, sino también los derechos de las mayorías y las minorías y el ordenado adelantamiento de las discusiones y votaciones. -
Reconoce los derechos colectivos sobre tierras y conocimientos ancestrales señalan los mecanismos de consulta previa, libre e informada con comunidades étnicas. -
Por la cual se desarrolla el Derecho de Libertad Religiosa y de Cultos, reconocido en el artículo 19 de la Constitución Política -
Indica las principales normas especiales que regulan la propiedad y administración de las Tierras de las Comunidades Negras -
Se dictan normas sobre el Patrimonio Cultural y se crea el Ministerio de Cultura. -
Por medio de la cual se instituye el día 13 de agosto de cada año como Día de la Libertad de Expresión en Colombia. -
Por medio de la cual se aprueba la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad -
Por la cual se expide el Código de la infancia y la adolescencia -
Garantiza el Derecho de las mujeres a vivir una vida libre sin Violencia. Por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres -
Se dictan normas sobre reconocimiento, fomento, protección, uso, preservación y fortalecimiento de las lenguas de los grupos étnicos de Colombia y sobre sus derechos lingüísticos y los de sus hablantes. -
El que arbitrariamente impida, obstruya o restrinja el pleno ejercicio de los derechos de las personas por razón de su raza, nacionalidad, sexo u orientación sexual, incurrirá en prisión. -
Por medio de la cual se aprueba la "Convención sobre la protección y la promoción de la diversidad de las expresiones culturales", firmada en París el 20 de octubre de 2005. -
Para habitantes de la calle dirigidos a garantizar, promocionar, proteger y restablecer los derechos de estas personas, con el propósito de lograr su atención integral, rehabilitación e inclusión -
Establece la articulación con las familias de los estudiantes con discapacidad en el proceso educativo y en la garantía del derecho a la educación inclusiva. -
Por razones de orientación sexual e identidad de género diversa, para promover espacios libres de discriminación, mediante la prevención de prácticas discriminatorias.