PROCESO DE TRANSFERENCIA DE FONDO DE COMERCIO

  • 1-PUBLICACION

    1-PUBLICACION
    • Período de 5 (cinco) días en el que tiene lugar la publicación de aviso en el Boletín Oficial y en diarios o periódicos donde funcione el establecimiento anunciando la transmisión del Fondo de Comercio.
    • El enajenante entregará en todos los casos al presunto adquirente una nota firmada, enunciativa de los créditos adeudados, con nombres y domicilios de los acreedores, monto de los créditos y fechas de vencimientos, si las hay.
  • 2-OPOSICION DE ACREEDORES

    2-OPOSICION DE ACREEDORES
    • Período de 10 (diez) días en el que los acreedores afectados por la transferencia pueden notificar su oposición a la transferencia, reclamando la retención del importe de sus respectivos créditos y su depósito en cuenta especialmente abierta al efecto.
  • 3-EMBARGO

    3-EMBARGO
    • Período de 20 (veinte) días durante el cual el adquirente del fondo, el escribano interviniente o el rematador deben retener el monto de la oposición y mantenerlo depositado.
  • 4-OTORGAMIENTO DE DOCUMENTO DE TRANSFERENCIA

    4-OTORGAMIENTO DE DOCUMENTO DE TRANSFERENCIA
    • Otorgamiento del documento de venta, el que para producir efecto con relación a terceros debe extenderse por escrito y ser inscripto dentro de los 10 (diez) días siguientes a finalizado el período anterior en el Registro Público de Comercio.