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En el siglo XVI, el Real y Supremo Consejo de Indias y la Casa de Contratación de Sevilla eran los órganos de la Corona encargados del gobierno de los territorios españoles de ultramar.
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Informe Central del Visitador de José de Gálvez
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Dictamen de Revillagigedo
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Reformas borbónicas, trataron de dividir el territorio en provincias administrativas, prevaleciendo la tradición y la práctica centralista del gobierno.
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Se establecen cuatro ministerios, Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores, de Justicia y Negocios Eclesiásticos, de Hacienda Pública, de Marina y, de Guerra.
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Administración congresional, inicia con la promulgación de la primera constitución, su característica principal fue la concentración de las facultades y atribuciones en el Congreso en relación con el Poder Ejecutivo. Ee establece que habrá cierto número de secretarios y una ley para los negocios del gobierno, esto estipulado en el artículo 117
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Se dio un viraje hacia el centralismo por medio de la promulgación de las llamadas Siete Leyes Constitucionales de 1835.
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Se volvió a la forma de república federal, lo cual no presentó cambios radicales en la etapa porfirista. Se facultó al presidente nombrar a los secretarios y cambiar el nombre de los ministerios
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Se consolida la forma de gobierno de república federal. Venustiano Carranza creó secretarías, y departamentos, expidio el 25 de diciembre del mismo año la Ley de Secretarías de Estado.
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Proyecto de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal Mexicana.
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Influyendo en los ámbitos jurídico y administrativo, impulsando, en la práctica, un federalismo más acorde con la teoría.
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Sus directrices principales son la de crear el sistema nacional de plantación y buscó tener una orientación programática con la nueva Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público, así como con la Ley de Deuda Pública.
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Se creó la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal; de acuerdo con la Administración Pública Federal.
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Se transitaron los primeros pasos para arribar a un verdadero federalismo, en el que se buscaba un mayor equilibrio en el ejercicio del poder.
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Promulgación de la Ciudad de México, como entidad federativa con todos sus derechos y obligaciones, con su Congreso, alcaldías y concejales.