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las Disposiciones, Órdenes o Instrucciones, dadas por el rey y su Consejo a sus representantes en la Nueva España y otros documentos relevantes donde es posible establecer el diagnóstico de determinados ramos de la administración virreinal, los problemas más urgentes por atender y las recomendaciones pertinentes para tratar de solucionarlos
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Se establece el Reglamento para el Gobierno Interior y Exterior de las Secretarías de Estado y Despacho Universal que sería el órgano regulador de las funciones de las primeras cuatro Secretarías que conformaron la administración pública de México. Éstas recibían el nombre de Secretarías de Estado y del Despacho Universal y cuatro fueron, por ser cuatro las causas o principios que se consideraron debería, el nuevo gobierno, vigilar para garantizar su independencia recién adquirida.
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Se establecen cuatro ministerios (antes así llamados): Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores, de Justicia y Negocios Eclesiásticos, de Hacienda Pública, de Marina y, de Guerra
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Iniciando con la promulgación de la primera constitución en 1824 y teniendo como característica principal la concentración de las facultades y atribuciones en el Congreso con relación con el Poder Ejecutivo como consecuencia de la debilidad institucional de este último tanto en el orden político, como en el jurídico y el administrativo.
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Establece que habrá cierto número de secretarios y una ley para los negocios del gobierno, esto estipulado en el artículo 117.
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Se facultó al presidente nombrar a los secretarios y cambiar el nombre de los ministerios.
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Venustiano Carranza en 1917 creó secretarías, y departamentos, y, siendo el encargado del poder ejecutivo federal, expidió el 25 de diciembre del mismo año la Ley de Secretarías de Estado. De esta manera, los encargados del poder ejecutivo, se vieron en la necesidad de crear, modificar o quitar algunas secretarías, esto con el fin de adaptarse y satisfacer las necesidades políticas, sociales y económicas.
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Instrumentos jurídicos sirvieron como bases de organización para el gobierno provisional de la república, bases orgánicas de la repúb mexicana y bases para la admon de la república. Estas bases, en la materia identifican el EDO de Fomento, etapa en gobierno se decidió apoyar la naciente industrialización, agricultura, minería y arreglar problemas económicos que afectaban a la nación creando el Banco de Amortización de la Moneda de Cobre con el propósito de apoyar el sist monetario del país
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La Ley de Secretarías y Departamentos de Estado sufre dos modificaciones. La primera para dar lugar a la creación de tres departamentos: Autónomo de Asuntos Indígenas; Educación Física y el de Forestal de Caza y Pesca. Y la segunda se hace con el objeto de separar las funciones de Guerra y Marina en: Secretaría de la Defensa Nacional y Departamento Autónomo de la Marina Nacional.
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En 1958 se envió un proyecto de una nueva Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, esta ha venido a derogar el ordenamiento de las secretarías y departamentos, así como la facultad que tiene el ejecutivo federal para nombrar a secretarios que estén al frente de éstas, este ordenamiento y facultad sigue vigente hasta hoy.
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Llevada a cabo durante el gobierno de José López Portillo, y que tuvo como principales directrices la de crear el sistema nacional de planeación y buscó tener una orientación programática con la nueva Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público, así como con la Ley de Deuda Pública; lo cual va dando un carácter y una identidad a la administración pública que conocemos hoy.
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El Presidente de la República es considerado el jefe del Supremo Poder Ejecutivo de la Unión (Artículo 80 CPEUM), en tanto que los gobernadores ocupan el mismo cargo a nivel estatal y los presidentes municipales a nivel municipal (Secretaría de la Función Pública, 2007).
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El sistema federal en México, debe adecuarse a un entorno internacional y globalizador, como en otros países, se debe buscar incrementar la eficiencia y el bienestar poblacional, descentralizando el gasto y acercándolo a las preferencias de los ciudadanos. En México, este proceso se ha acentuado en las últimas dos o tres décadas, el proceso de descentralización del gasto se inició en la esfera decisoria del gobierno central y posteriormente por la intervención de las entidades federativas.
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Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos determina que “la soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo y se ejerce por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de la competencia de éstos, y por los de los estados y la Ciudad de México, en lo que toca a sus regímenes interiores, en los términos respectivamente establecidos por la Constitución federal y las particulares de los estados y de la Ciudad de México” (CPEUM, 2016: artículos 39 y 41).
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Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Determina Que "La Soberanía Nacional reside Esencial y originariamente en el pueblo y se ejerce por medio de los Poderes de la Unión, en los Casos de la Competencia de Estós, y por los de los Estados y la Ciudad de México, en lo que toca un Regimenes sus interiores, cuarto de los términos respectivamente establecidos por la Constitución Federal y las particulares de los Estados y de la Ciudad de México "(CPEUM, 2016: Artículos 39 y 41).