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Se aplicaban las Leyes de Indias (creadas para colonias americanas) y supletoriamente las Leyes de Castilla (eran normas que se aplicaban en España).
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A partir de la creación del Consulado, se incorporan las ordenanzas de Bilbao (de 1737); las mismas regulaban el comercio terrestre y maritimo (se crea la Aduana de Buenos Aires).
A partir de esto, el orden de las Normas aplicables era el siguiente: 1- Ordenanzas de Bilbao, 2-Leyes de Indias, 3-Leyes de Castilla. Ese orden se mantuvo hasta 1859.
El Consulado tenia 2 funciones: Judicial y Administrativa. -
En los años porteriores a la Revolucion de Mayo podemos observar una serie de antecedentes.
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Se establece la Matricula de Comerciantes, normas sobre las consignaciones y por ultimo, la posibilidad de nombrar comerciantes como peritos en los juicios.
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Se crea la Bolsa Mercantil, que se instala en 1822, y funciono por muy poco tiempo.
Se dicta una Ley reglamentaria que regula la actividad de Martilleros y Corredores. -
Por inspiración de Rivadavia, se dictan 3 Decretos:
1. Actos de Comercio.
2. Causas de Comercio.
3. Alzadas de Comercio. -
Suprime los concursos de Acreedores (derogado en 1858).
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A cargo de Acevedo (jurista) y Velez Sarfield. presentan el proyecto en 1857.
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Comienza a regir solo para Buenos Aires, que estaba apartado de la Confederación Argentina.
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Buenos Aires se reincorpora a la Confederación Argentina, y el Código comienza a regir para todo el país (a partir de la Ley 15).
Se inspiró en el Código de Comercio Francés. -
Esto trae aparejado, la necesidad de modificar el Código de Comercio.
Ambos sufrieron muchas reformas hasta ser derogados en 2015. -
Las principales modificaciones fueron:
1. El valor de usos y costumbres como fuentes del derecho.
2. Se suprime la necesidad de inscribirse para adquirir la calidad de comerciante.
3. Cambios en la reglamentación sobre; corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, etc.
4. Se ajustan los contratos de mutuo, deposito y prenda (se le quita el material civil). -
Se incorpora un nuevo Régimen sobre Letras de Cambio y Pagares.
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Se dicta la Ley 17418, a partir de la cual se incorpora un nuevo régimen de Seguros.
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Se incorpora al Código de Comercio un nuevo régimen sobre Sociedades.
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Se sanciona la ley 20094 (Nuevo régimen para la navegación) y la Ley 20266 (Nuevo régimen para martilleros).
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Se sancionan 2 leyes:
1. Ley 24452: Ley de cheques.
2. Ley 24522: incorpora un nuevo Regimen de Concursos y Quiebras. -
Se sanciona la ley 26579: cambio en la mayoría de edad, de 18 a 21 años.
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Se deroga el Código Civil y el Comercial.
Se unifica en un Código Civil y Comercial (C.C.C) de la Nación, poniendo fin a la unificación del Derecho Privado.
El C.C.C. es la principal fuente del Derecho Comercial, unifica a las personas.
La Materia Comercial, sigue existiendo a pesar de la unificación del Código.