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A partir de la creación del Consulado de Buenos Aires, en 1794, se incorporaron las normas de las Ordenanzas de Bilbao de 1737 que regulaban específicamente el comercio terrestre y marítimo.
Los litigios comerciales se juzgaron primero por la Audiencia de Charcas y luego
por la Audiencia de Buenos Aires.
A finales del siglo XVIII se crea la Aduana de Buenos Aires -
Función: judicial y administrativa. Se ocupaba de los juicios merncantiles y de los problemas de policía del comercio y establecía el orden de prelación de las normas aplicables: Ordenanzas de Bilbao, Leyes de Indias y por último las Ordenanzas Reales de Castilla.
Se aplicó sin grandes cambios hasta 1859 -
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Creación de la matrícula para Comerciantes Nacionales; normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales.
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Funcionó por breve lapso y se dictó la Ley reglamentaria de corredores y martilleros.
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Se dictaron tres decretos: sobre actos de
comercio, y sobre causas de comercio y alzada de comercio. -
suprimió los concursos de acreedores. Esto fue
derogado en 1858. -
El Estado de Buenos Aires, segregado de la Confederación, confió en 1856 al jurista, Eduardo Acevedo, en colaboración de Dalmacio Velez Sarfiel. El proyecto se presentó al ejecutivo en 1857. Se aprobaría, sin someterlo a discusión, en 1859, para comenzar a regir, solo en la Provincia
de Buenos Aires, en 1860. -
Reintegrado el Estado de Buenos Aires a la Confederación, en 1862, se sancionó la
ley 15, por la cual se adoptó para toda la Nación el Código de Comercio que hasta
dicho momento regía en la Provincia de Buenos Aires. -
Lo que planteo la necesidad de reformar el Código de Comercio.
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Las principales modificaciones: 1) El valor de los usos y
costumbres como fuente de derechos; 2) Se suprimió el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante; 3) cambios de reglamentación sobre: corredores, empresas de transporte, bolsas, soc., compraventa, fianza, letras de cambio, cheques, derecho marítimo, quiebras; y 4) se ajustaron los contratos de mutuo, depósito y prenda,
quitando el material que se consideraba civil. -
Se incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés
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Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de seguros.
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Incorpora al viejo código de comercio
un nuevo régimen de sociedades -
Incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros.
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Incorpora al viejo código de comercio
un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras -
Modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años
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el código de comercio fue derogado y pasó a regir en el país el Código Civil y Comercial de la Nación. Este código es el que se encuentra vigente en la actualidad en nuestro país y es la principal fuente del derecho comercial en nuestros días.