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Este organismo actuaba como tribunal en asuntos mercantiles y también de separar la jurisdicción civil de la comercial.
Las normas que se utilizaban eran, Ordenanzas de Bilbao, Leyes de Indias y por ultimo las Ordenanzas Reales de Castilla.
Estaba formado por un prior, dos cónsules, nueve consiliarios, un sindico, un secretario, un contador y un tesorero. -
Creación de normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en las causas comerciales.
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Se creó la bolsa mercantil que se instaló en 1822, funciono por breve lapso y se dictó la ley reglamentaria de corredores y martilleros.
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Por Rivadavia se dictaron tres decretos:
- Actos de comercio.
- Causas de comercio.
- Alzada de comercio. -
Decreto de Rosas que quita los concursos de acreedores.
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Derogado en el 2015 por el art. 4 de la ley Nº 26.994.
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Las principales modificaciones fueron:
- El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos.
- Se suprimió el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante.
- Cambios en la reglamentación sobre, corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, letras de cambio, cheques, derecho marítimo, quiebras.
- Se ajustaron los contratos de mutuo, depósito y prenda, quitando el material que se consideraba civil. -
Incorpora al viejo código de comercio sobre letras de cambio y pagarés.
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Incorpora un nuevo régimen sobre seguros.
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Incorpora un nuevo régimen sobre sociedades.
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Incorpora un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.266 incorpora un nuevo régimen para los martilleros.
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Incorpora un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras.
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Entre otras cosas, modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años.
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Este puso fin al proceso de unificación del derecho privado en Argentina. Se encuentra vigente en la actualidad en nuestro país y es la principal fuente del derecho comercial en nuestros días.