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El estado argentino de Buenos Aires, confió al jurista uruguayo Eduardo Acevedo, la tarea de preparar un proyecto de código de comercio. Conto con la colaboración de Dalmacio Vélez Sarfield.
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El proyecto se presentó al Poder Ejecutivo del Estado
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Se obtuvo que se aprobara el código sin someterlo a discusión, para regir solamente en la Provincia de Buenos Aires
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Reintegrado el Estado de Buenos Aires a la Confederación, se sancionó la Ley 15, por la cual se adopta para toda la Nación el código de comercio, que hasta dicho momento regía sólo en la Provincia de Buenos Aires.
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En el 1863 el Congreso vuelve sobre el problema de la codificación, autorizando al Poder Ejecutivo a designar comisiones de redactores de los Códigos Civil, Penal y de Minería.
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El Presidente Mitre, designa como redactor del código civil a Dalmacio Vélez Sarfield.
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El proyecto de código fue enviado al Congreso Nacional, el que trato a libro cerrado y lo sanciono por ley 340 del 25/09/69, estableciendo que debía entrar en vigencia el 01/01/1871.
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Por Ley 2.393, se incorpora a nuestro ordenamiento argentino, el Matrimonio Civil.
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Primera reforma del código de comercio de 1862. Esta reforma encontró su causa principal en la sanción del código civil.
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Se sanciona el Decreto-Ley 5965/63, que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagares.
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Se sanciona la Ley N° 17.418, que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen seguro.
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Se produce la primera gran reforma del código civil de 1969.
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Se sanciona la Ley N° 19.550, que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre sociedades.
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se sanciona la Ley N° 20094 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen para la navegación y la Ley N° 24.522 que incorpora un nuevo régimen para los matrimonios.
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Por Ley 23.264, lo que se reforma es el régimen de Patria Potestad, la que paso a ser compartida por el padre y la madre.
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Por Ley 23.515, se incorpora la posibilidad de divorcio.
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Se sanciona la Ley 24.452, que incorpora al viejo código de comercio el régimen de cheques. La Ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras.
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Por Ley 24779 se incorpora un nuevo régimen de adopción
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Se sanciona la Ley 26.579 que, entre otras cosas, modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años.
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Por Ley 26.518, se incorpora a nuestro ordenamiento argentino, la posibilidad del matrimonio entre personas del mismo sexo.
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Con la Ley 26.994, la cual entro a regir en el 01/08/2015, se unifico en Argentina la legislación civil y comercial.