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Primer Monumento Histórico Nacional, declarado por ley Nacional N° 7062 el 7 de septiembre de 1910, abriendo sus puertas el 4 de abril de 1911 como Museo Casa Natal de Sarmiento
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El 26 de febrero de 1913 fue sancionada la ley 9080, que declaraba la propiedad de la nación sobre las ruinas y yacimientos arqueológicos y paleontológicos de interés científico
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La Carta de Atenas de 1931 es uno de los documentos fundamentales en el ámbito de la protección del patrimonio cultural. Su importancia ha trascendido hasta la actualidad y muchos de los temas que se abordaron en la Conferencia de Atenas siguen siendo hoy objeto de debate.
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La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) es un organismo especializado de NNUU creado el 16 de noviembre de 1945 y cuya misión es “contribuir a la consolidación de la paz, la erradicación de la pobreza, el desarrollo sostenible y el diálogo intercultural mediante la educación, las ciencias, la cultura, la comunicación y la información”.
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La Convención para la Protección de los Bienes Culturales en Caso de Conflicto Armado, adoptada en La Haya (Países Bajos) en 1954 como consecuencia de la destrucción masiva del patrimonio cultural durante la Segunda Guerra Mundial, es el primer tratado internacional con vocación mundial dedicado a la protección del patrimonio cultural en caso de conflicto armado.
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La Carta de Venecia es un documento firmado en la ciudad de Venecia - Italia, en 1964, en donde se congregaron importantes especialistas de la restauración de monumentos a fin de establecer los principios comunes que deben presidir la conservación y la restauración; considerando que las obras monumentales están cargadas de un mensaje espiritual del pasado que continúan siendo en la vida presente, el testimonio vivo de sus tradiciones.
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La Convención sobre las Medidas que deben adoptarse para prohibir e impedir la Importación, la Exportación y la Transferencia de Propiedad Ilícitas de Bienes Culturales de la Unesco, es un instrumento jurídico internacional dedicado a la lucha contra el tráfico ilícito de bienes culturales. Fue adoptada en París, el 14 de noviembre de 1970,
y cuenta con 131 Estados Parte. -
El objetivo de la Convención era promover la identificación, la protección y la preservación del patrimonio mundial, cultural y natural considerado especialmente valioso para la humanidad. Por ello, la Convención nace de la conciencia de que el patrimonio está cada vez más amenazado por causas distintas que puede lleva a su total desaparición. También se admite que la protección a escala nacional es incompleta, teniendo en cuenta la magnitud de recursos que requiere.
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La Convención para la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural (París, 1972) es un tratado y la norma más importante para la conservación de los bienes de valor universal excepcional; que exige se conserven como legado para toda la Humanidad.
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UNIDROIT es una organización intergubernamental independiente con sede en la Villa Aldobrandini en Roma. Su objetivo es estudiar las necesidades y los métodos para modernizar, armonizar y coordinar el derecho privado.
Con el fin de incrementar la cooperación internacional, la UNESCO pidió a UNIDROIT el desarrollo de un Convenio sobre los bienes culturales robados o exportados ilícitamente, adoptado en 1995, como complemento a la Convención de 1970. -
La Convención de 2001 es un tratado internacional especialmente dedicado a la protección del Patrimonio Cultural Subacuático:
_ establece principios básicos para la protección del Patrimonio Cultural Subacuático;
_ prevé un sistema de cooperación pormenorizado, a fin de que los Estados puedan llevar a cabo esa protección y
_ prevé normas prácticas comúnmente reconocidas para el tratamiento e investigación del Patrimonio Cultural Subacuático. -
La Convención tiene cuatro finalidades principales:
■ Salvaguardar el patrimonio cultural inmaterial.
■ Garantizar el respeto del patrimonio cultural
inmaterial de las comunidades, grupos e
individuos interesados.
■ Sensibilizar a nivel local, nacional e
internacional a la importancia del patrimonio
cultural inmaterial y a la necesidad de
garantizar su reconocimiento recíproco.
■ Fomentar la cooperación y asistencia
internacionales. -
La adopción de la Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales de 2005 fue un hito en la política cultural internacional. A través de este acuerdo histórico, la comunidad global reconoció formalmente la doble naturaleza, tanto cultural como económica, de las expresiones culturales contemporáneas producidas por artistas y profesionales de la cultura.