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Lucharon por ideas que creían ser parte de dichos problemas, restricciones o ideas, pero se les reclamó la falta de lucha por todos los derechos que competen a una mujer y no únicamente los que a ellas les afectaban, por lo que no sólo se debía pelear por los derechos de las mujeres blancas sino por el derecho de todas las mujeres.
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En su estudio comparativo Sex and Temperament in Three Primitive Societies Mead introdujo, en 1935, la idea revolucionaria de que, por ser la especie humana enormemente maleable, los papeles y las conductas sexuales varían según los contextos socioculturales.
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Publicó su libro el "El segundo sexo", mediante el cual dijo ""No se nace mujer, se llega a serlo".
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Respecto al sexo y al género comenzaron a tener interés entre la población a partir de la segunda guerra mundial y de los movimiento feminista
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Focault estudio las convenciones sexuales donde determinó que el poder en la sociedad se ejerce mediante la imposición de reglas sociales
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Tratado internacional de las Naciones Unidas firmado en 1979
Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (Plataforma de Acciones de Beijing), la CEDAW realizó varias reservas, en razón de ideas arraigadas por los Estados Partes, pero también a las personas encargadas de juzgar, legislar y el resto de la población, ya que dichas personas fueron criada bajo la idea de superioridad del varón sobre la mujer, bajo una educación basada en el patriarcado -
publicó el libro Feminist Theory: From Margin to Center (Teoría feminista: de los márgenes al centro) en 1984. Bell Hooks, estudió el concepto que resulta indispensable para poder visualizar la desigualdad de género. A través de esta figura, ella explica los roles de género
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Judith Butler, es la figura más influyente en la actualidad sobre los estudios de género, ella es una feminista influyente en el colectivo LGBTT (lesbianas, gays, bisexuales, transgéneros y transexuales) de 1990, considera que la adquisición de un género es a través de la imitación, esto es, reproducir un ideal.
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Convenio internacional en el que se reconoce el respeto irrestricto a los derechos humanos, afirmando que la violencia contra la mujer constituye una violación a los derechos humanos y las libertades fundamentales y limita a la mujer el reconocimiento, goce, ejercicio de tales libertades En 1995 para México
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Por medio de dicha ley se faculta a quien juzga en materia penal y familiar, para que cuando una persona del sexo femenino sufra cualquier tipo de violencia, se ordenen medidas de protección a favor de ella.