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Principio revolucionarios
El patrimonio natural es propiedad de toda la humanidad y no sólo del país en cuyo territorio está enclavado. -
Argentina: yacimientos arqueológicos y paleontológicos
Comenzó a protegerse la existencia de los yacimientos arqueológicos y paleontológicos al considerarlos propiedad de la Nación. -
Atenas
Representantes del ámbito de las artes, la arquitectura y la historia se reunieron en Atenas, en 1931, para debatir sobre el patrimonio cultural de la humanidad. -
Argentina: creación de Comisión de Museos, Monumentos y Sitios Históricos
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Carta fundacional de la Organización de las Naciones Unidas
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Convención La Haya, Países Bajos
Convención para la protección de bienes culturales en caso de conflicto bélico. Es el primer instrumento jurídico internacional destinado exclusivamente a la protección del patrimonio cultural. -
Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural
Se establece que ciertos lugares de la Tierra con un “valor universal excepcional” pertenecen al patrimonio común de la humanidad. -
Convención para la Protección del Patrimonio Natural y Cultural
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Argentina: Reforma Constitucional
Se amplía la noción de patrimonio adaptándola a las convenciones internacionales, lo cual aumenta la importancia de la enseñanza patrimonial tanto en la Nación como en las provincias. -
Roma: Convención de UNIDROIT
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Paris: Convención sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático
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Argentina: Ley 25.743 de Protección del patrimonio arqueológico y paleontológico
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Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales