-
Detalle Creditos Adeudados
Nombre y Apellido de Acreedores
Monto de Creditos Adeudados
Fecha Creacion, Monto Pendiente de Pago y Fecha de Vencimiento -
Vendedor confecciona Nota con detalle de Acreedores
-
-
-
Precio debe ser igual o mayor a la sumatoria de deudas comerciales.
-
-
Cinco dias corridos
-
Cinco dias corridos
-
Transferencia de Fondo de Comercio
-
Los Acreedores tienen diez días después de la publicación
-
Notificar al Comprador solicitando retención del importe de su crédito y deposito de esa suma en una cuenta especial en banco correspondiente.
-
Retiene importe correspondiente y deposita en cuenta judicial
-
Podrá firmarse después de transcurridos 10 días desde la ultima publicación realizada en los términos del Art. 2 Ley 11687, siempre y cuando no exista oposición de parte de los acreedores.
-
Dentro de los 20 días corridos desde la notificación de la oposición.
De no hacerlo en ese plazo pierde la oportunidad de cobrar su credito. -
DEBEN PASAR 20 DIAS CORRIDOS POSTERIORES A LA NOTIFICACION DE OPOSICION
-
-
Extenderse por escrito
Inscribirse en el Registro Publico, dentro de los 10 dias de su otorgamiento.