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Publicación de Avisos
Día 1 al Día 5
El vendedor debe publicar por cinco días consecutivos en:
* El Boletín Oficial
* Uno o más diarios locales El aviso debe incluir:
* Clase y ubicación del negocio
* Nombre y domicilio del vendedor y comprador
* Nombre y domicilio del rematador y escribano, si intervienen -
Posibilidad de Embargo
Del 16/05/2025 al 04/06/2025
Los acreedores que hayan hecho oposición:
* Pueden trabar embargo judicial
* Si no lo hacen, el comprador puede retirar el dinero depositado -
Información al Comprador
Antes de cerrar el contrato
El vendedor debe entregar al comprador una nota firmada con:
* Detalle de los créditos adeudados
* Nombre y domicilio de los acreedores
* Montos y fechas de vencimiento (si las hay) -
Plazo de Oposición de Acreedores
Del 06/05/2025 al 15/05/2025
Los acreedores pueden:
* Notificar su oposición
* Reclamar la retención del monto adeudado
* Exigir el depósito en cuenta judicial a nombre del comprador -
Otorgamiento del Documento de Transferencia
Solo puede otorgarse si:
* Pasaron al menos 10 días desde la última publicación
* No hubo oposición, o hubo retención y depósito correspondientes
* El contrato debe hacerse por escrito -
Inscripción en el Registro Público
Dentro de los 10 días posteriores a la firma del contrato, debe realizarse la inscripción en el Registro Público, para efectos frente a terceros. -
Cosideraciones a tener en cuenta
- El precio no puede ser menor al total de los créditos reconocidos salvo acuerdo con todos los acreedores.
- El vendedor, comprador y escribano o martillero responden solidariamente si no se cumplen los pasos de la ley