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Todos los seres humanos nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozaran de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, orientación sexual, raza, origen, nacionalidad, lengua, religión, opinión política o filosofía ART 18
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Por el cual se promulga sobre los derechos de los niños.
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Se creo algunos instrumentos de modo que los indígenas gocen de efectiva protección jurídica.
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Con el propósito de defender promocionar y difundir los derechos humanos Tito Epifanio Garzón Gómez.
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La ley 70 de 1993 con un principio fundamental de la propiedad colectiva de la tierra.
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Terecita de Jesús Urrego reconocida líder impulsora de los derechos humanos que agremian ciento de victimas de desplazamiento.
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La ley 1098 donde reconoce a niñas niños y adolescentes como sujetos de derecho.
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La ley 1257 garantiza el derecho de las mujeres a vivir una vida libre sin violencia, normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia contra las mujeres.
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Las victimas del conflicto en la ley se les puede garantizar los espacios de asistencias que se requieren para una reparación.