La pola

Participación política de las mujeres colombianas

  • Period: 2020 BCE to 2022 BCE

    Primer mujer alcaldesa en posesionarse en Bogotá

    Claudia Nayibe López se posesionó el primero de enero como la primera alcaldesa de la capital, pero además es la primera con una diferente orientación sexual, siendo miembro de la comunidad LGBTIQ.
  • Period: 1974 BCE to 1978 BCE

    Primera candidata a la Presidencia de la República

    María Eugenia Rojas, conocida como 'La Capitana', hija de Rojas Pinilla, se lanzó con el partido Alianza Nacional Popular (Anapo), ella ya había ocupado varios cargos políticos.
  • Period: 1958 BCE to 1961 BCE

    Primera Senadora en Colombia

    Esmeralda Arboleda fue la primera mujer Senadora de la República en la historia de Colombia. Miembro del Partido Liberal. Lideró el movimiento sufragista en Colombia junto a su compañera Josefina Valencia Muñoz.
  • Period: 1955 BCE to 1956 BCE

    Primera Gobernadora en Colombia

    Josefina Valencia de Hubach (hija de Guillermo León Valencia) fue Gobernadora del departamento del Cauca
  • Period: to 1954 BCE

    Acto Legislativo 3 de 1954

    En 1954, bajo el gobierno de Gustavo Rojas Pinilla, el general les otorgó la ciudadanía a las mujeres tras convocar a una Asamblea Nacional Constituyente.
  • Period: to 1956 BCE

    Primera mujer con cédula de ciudadanía en Colombia

    Carola Correa de Rojas Pinilla, esposa del entonces presidente Gustavo Rojas, fue elegida como representante de las mujeres para recibir la primera cédula de identificación ciudadana.
  • Period: to 1956 BCE

    Primera Ministra de Educación en Colombia

    En 1956, Rojas Pinilla también nombró a la primera Ministra de Educación, Josefina Valencia de Hubach.
  • Period: to 1957 BCE

    Mujeres en Colombia votan por primera vez

    En el plebiscito que aprobó el pacto del Frente Nacional, las mujeres en Colombia pudieron ejercer por primera vez su derecho al voto.
  • Period: to 1991 BCE

    Constitución de 1991 y los derechos de la mujer

    Se marcó un paso hacia el rechazo expreso de la discriminación jurídica y fáctica hacia las mujeres quienes pueden participar e incidir en los asuntos que las afectan, además incorporó derechos estratégicos para las mujeres como la participación ciudadana, la libertad, la igualdad frente a los hombres, el derecho a conformar una familia, la protección durante el embarazo, el derecho a ejercer una profesión, entre otros.
  • Period: to 2000 BCE

    Ley Estatutaria 581 del 2000 o Ley de Cuotas

    Es una de las “acciones afirmativas” adoptadas por el Estado colombiano que reglamenta la adecuada y efectiva participación de la mujer en el “máximo nivel decisorio” y los “otros niveles decisorios” de las ramas y órganos del poder público, de acuerdo a lo establecido en los artículos 13, 40 y 43 de la Constitución Política de Colombia6
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  • Period: to 2011 BCE

    Ley Estatutaria 1475 del 2011

    Por la cual se adoptan reglas de organización y funcionamiento de los partidos y movimientos políticos, de los procesos electorales y se dictan otras disposiciones. Su artículo 28 hace obligatoria la inclusión de un mínimo del 30 % de mujeres en las listas de cinco o más candidatos de partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos presentadas para cargos de elección popular.
  • Period: to

    Primera mujer Vicepresidenta en Colombia

    Tuvieron que pasar 208 años y 114 presidencias para que una mujer llegara a ocupar el segundo cargo más importante del gobierno colombiano. Este domingo Marta Lucía Ramírez pasó a la historia como la primera mujer en ser elegida vicepresidenta. En 2002, el entonces presidente de la República, Álvaro Uribe Vélez, la designó ministra de Defensa, siendo la primera mujer en Colombia y la segunda en Latinoamérica en ocupar ese cargo.
  • Period: to

    Modificaciones al Código Electoral Colombiano

    El logro más mediático es la obligatoriedad de la paridad de género a la hora de conformar listas de candidatos para cuerpos colegiados. Para aspirar a cinco o más cargos las listas deberán estar integradas en un 50 % por mujeres.