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Poco a poco se fueron incorporando requisitos fiscales para que pudiera ser válida a la hora de verificar gastos e ingresos.
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Al final de este año inicia la revolución del Internet y es adoptado en el mundo con una competencia global impresionante, se populariza el comercio electrónico en las grandes empresas y las Pymes
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El SAT aprueba la facturación electrónica como un medio de comprobación fiscal a través del marco legal y regulación operacional del Comprobante Fiscal Digital (CFD).
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La factura electrónica inicia con la versión 1.0 aunque no era obligatoria pero ya se empezaba a realizar facturación
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El SAT permite 2 opciones para realizar Facturas Electrónicas: Medios propios o a través de auxiliares.
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Primer cambio en las empresas para realizar la migración a factura electrónica
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A mediados de septiembre de ese año es publicado en el Diario Oficial de la Federación la creación del CFDI o Comprobante Fiscal Digital por Internet. Este sería el nuevo modelo a seguir para la facturación electrónica en nuestro país.
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Para este año existían 3 métodos de facturación; el CFDI, que obligaba a todas las empresas con ingresos mayores a los 4 millones de pesos, el CFD, emisión del comprobante por medios propios y el CBB (código de barras bidimensional) que podían facturar comprobantes impresos para ingresos que no superan los 4 millones de pesos.
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• Se promulgó la Ley de Firma Electrónica Avanzada para dar el sustento jurídico a los actos realizados por los Ciudadanos y las empresas ante los organismos del Gobierno Federal.
• La Estrategia Digital Nacional (EDN) establece a la FIEL como el medio de Identificación, Autenticación y Autorización para la Ventanilla Única Nacional (gob.mx). -
Con este gran paso desaparece la facturación por CFD y CBB.
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Entró en vigor para personas morales un nuevo sistema de comunicación electrónico denominado “Buzón tributario”, sin costo y de fácil acceso para los contribuyentes, el cual permite la comunicación entre estos y las autoridades fiscales.
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• Simplificación del proceso de renovación de FIEL por internet.
• Implementación de un proceso de autorización electrónica basado en TOTP para personas físicas que tienen FIEL
• Se promueve el cambio de significado fiscal de la FIEL a un significado ciudadano llamado e. Firma. -
Se extiende el servicio de buzón tributario a personas físicas y con ello la posibilidad de notificar vía electrónica diversos documentos y actos administrativos
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El 1° de julio se realiza el cambio en los CFDI, de la versión 3.2 entra en vigor la nueva versión 3.3, incorporando grandes cambios. A partir del 1° de diciembre la versión 3.3 será la única versión válida para la emisión de facturas electrónicas
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Los contribuyentes que tengan la obligación de enviar su Contabilidad Electrónica al SAT, deberán generar los archivos XML de la balanza de comprobación, catálogos de cuenta y pólizas con la versión 1.3.
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