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La Organización Mundial de Aduanas (OMA), creada como Consejo de Cooperacion Aduanera (CCC por sus siglas en inglés), es un organismo intergubernamental independiente cuya misión es mejorar la eficiencia y eficacia de las Administraciones de Aduanas.
Carbaugh, R. (2009). Economía Internacional.12a.ed. México. Pp:586. -
Una herramienta de facilitación del comercio clave de la OMA es el Convenio de Kyoto para la Armonización de los Procedimientos Aduaneros que entró en vigor en 1974, y que fue seguido por el Convenio de Kyoto Revisado en 1999.
Carbaugh, R. (2009). Economía Internacional.12a.ed. México. Pp:586. -
Las Directrices definen categorías para las mercancías (correspondencia y documentos, de bajo valor no sujetos al pago de derechos; de bajo valor sujetos al pago de derechos y envíos de alto valor) para los que se definieron diferentes categorías de datos, valores mínimos y formalidades para su declaración. El principio central de las DLI es la promoción de la presentación de los datos antes de la llegada y la tramitación de la declaración.
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El trabajo que desarrolla la OMA, para simplificar y armonizar los procedimientos aduaneros tienen como objetivo la modernización de las Aduanas y para lograr esto se ha dedicado a preparar y difundir un código de conducta para los funcionarios de aduana, para que estos se conduzcan según las reglas de integridad y llevar a cabo sus actividades eficazmente.
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El desarrollo e introducción del Sistema de Codificación y Descripción del Sistema Armonizado el cual es utilizado alrededor del mundo como base para la clasificación de las mercancías, aprobado mediante el Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, puesto en aplicación por parte de Bolivia mediante Ley de la República.
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OMA anuncia incremento del 16.8% del tráfico total de pasajeros, en Monterrey NL., México.
Carbaugh, R. (2009). Economía Internacional.12a.ed. México. Pp:586. -
Presenta los distintos pasos que deben seguir las administraciones aduaneras para la adquisición y utilización de tecnología de NII. El proceso comienza con la definición de las necesidades, incluyendo las razones por las que se requiere el equipo de NII y los propósitos de la inspección, abarca el proceso de la adquisición incluyendo un breve resumen de las especificaciones técnicas y el uso de algunos de los equipos de la NII.
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Las Directrices identifican las principales áreas de comercio donde se considera viable la aplicación de las TI. Las Directrices abordan diversas áreas que incluyen requisitos y temas jurídicos, seguridad, consultas con el cliente y una breve explicación de diversos protocolos de comunicación. Las Directrices de Kyoto relativas a las TIC no incluyen soluciones de hardware ni de software.
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la OMA publicó la Guía de Implementación de los OEA como arte del paquete SAFE para proporcionar a las administraciones aduaneras una guía práctica del procedimiento para establecer un programa de OEA.
Aplican con el fin de asegurar y facilitar el comercio
mundial, al tiempo que proporciona incentivos que benefician a la Aduana y a las empresas que han decidido trabajar en asociación.
Carbaugh, R. (2009). Economía Internacional.12a.ed. México. Pp:586. -
El MRA establece el proceso para
implementar, evaluar, controlar y mantener el reconocimiento mutuo. Además, el ARM define los beneficios mutuamente proporcionados a los OEA por las administraciones aduaneras participantes y establece las disposiciones prácticas que permiten a las administraciones aduaneras participantes proporcionar esos beneficios. El ARM debería, en la medida de lo posible, publicarse como una cuestión de registro Público.
Referencia.--Word Customs Organization.gob -
El Estudio de Tiempo Necesario para la Liberación (TRS) es un método y una herramienta única para medir el desempeño real de las actividades aduaneras ya que se relacionan directamente con la facilitación del comercio en la frontera. Por lo tanto, el TRS mide aspectos relevantes de la efectividad de los procedimientos de operación que llevan a cabo las Aduanas y otros agentes reglamentarios durante la tramitación estándar de los movimientos de importación, exportación y en tránsito.