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El derecho de la protección de datos personales,
es un derecho humano reconocido a nivel
internacional después de la segunda guerra
mundial, a través de la Declaración Universal de
los Derechos Humanos de 1948. Cabe mencionar
que el antecedente se encuentra en el
reconocimiento del derecho a la vida privada de
las personas. -
Incluye la previsión general respecto a la protección de datos en posesión del sector público.
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En el capítulo IV establece un marco general que regula la obtención, transmisión, uso y manejo de los datos personales en posesión de dependencias y entidades federales.
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Se prevé la necesidad de contar con una ley que garantice la protección de datos personales en poder de los particulares, tomando como base lo dispuesto en los principios y tratados internacionales.
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Se reformó la fracción II y III del articulo 6 que señala que la información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes.
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Al reformar el artículo 16 y 73 constitucional
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El estado Mexicano reconoció el derecho ala protección de datos personales como un derecho fundamental y autónomo.
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Aplica para los datos que estén en poder de privados.
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La Ley Federal De Protección De Datos Personales en posesión de los Particulares. Su objetivo es proteger los datos personales en posesión de los particulares, con finalidad de regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efecto de garantizar la privacidad y derecho a la autodeterminación informativa de las personas.