Masc

MEDIOS ALTERNOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

  • FRANCIA: LEYES DEL 6 Y 24 DE AGOSTO

    FRANCIA: LEYES DEL 6 Y 24 DE AGOSTO
    La conciliación fue establecida por la Asamblea Nacional en las leyes del 6 y 24 de agosto de 1790
  • FRANCIA: CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES NAPOLEÓNICO

    FRANCIA: CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES NAPOLEÓNICO
    En el se establecieron observaciones sobre el contenido del compromiso arbitral323 el cual debía contener el objeto del litigio, los nombres de los árbitros y aplicarse en conflictos presentes.
  • ESPAÑA: CONSTITUCIÓN DE CADIZ

    ESPAÑA: CONSTITUCIÓN DE CADIZ
    Es en este documento que tuvo su origen como medida general la Conciliación y alcanza el más alto rango legal, regulándose en el título V, capítulo II
  • ESPAÑA: ESTATUTO PROVISIONAL PARA DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

    ESPAÑA: ESTATUTO PROVISIONAL PARA DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
    Se estableció que los jueces de primera instancia invitarían a las partes a obtener un arreglo que finalizara el conflicto, antes de entrar a conocer del asunto
  • ARTÍCULO 58 REGLAMENTO PROVISIONAL DEL IMPERIO MEXICANO

    ARTÍCULO 58 REGLAMENTO PROVISIONAL DEL IMPERIO MEXICANO
    Se habla de la subsistencia de los Consulados ejerciendo tan sólo actividades de conciliación y arbitraje entre los comerciantes.
  • ARTÍCULO 71 REGLAMENTO PROVISIONAL POLÍTICO DEL IMPERIO MEXICANO

    ARTÍCULO 71 REGLAMENTO PROVISIONAL POLÍTICO DEL IMPERIO MEXICANO
    Este artículo establecía que a toda demanda civil o criminal debía preceder la junta conciliatoria.
  • ARTÍCULO 55 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA

    ARTÍCULO 55 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
    En el se establece la obligación de acudir a la conciliación previo a iniciar acción civil, o penal por injurias
  • FRANCIA: CORTE INTERNACIONAL DE ARBITRAJE

    Fundada en 1923 y ubicado en París
  • LEY DE JUSTICIA ALTERNATIVA DE QUINTANA ROO

    LEY DE JUSTICIA ALTERNATIVA DE QUINTANA ROO
    Es en esta ley que se implementan la conciliación, la mediación y el arbitraje
  • UNIDAD DE MEDIACIÓN FAMILIAR Y COMUNITARIA DE LA UNIVERSIDAD DE SONORA

    UNIDAD DE MEDIACIÓN FAMILIAR Y COMUNITARIA DE LA UNIVERSIDAD DE SONORA
    Primer institución de mediación del país
  • INSTITUTO DE MEDIACIÓN DE MÉXICO

    INSTITUTO DE MEDIACIÓN DE MÉXICO
    Una vez establecido, esta institución se encargó de crear programas de capacitación para los interesados en conocer esta nueva alternativa
  • CENTRO DE JUSTICIA ALTERNATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

    CENTRO DE JUSTICIA ALTERNATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
    Creado por el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
  • IMPLEMETACIÓN DE METODOS ALTERNATIVOS DENTRO DE INSTITUCIONES DEL SISTEMA JURÍDICO MEXICANO

    IMPLEMETACIÓN DE METODOS ALTERNATIVOS DENTRO DE INSTITUCIONES DEL SISTEMA JURÍDICO MEXICANO
    En 2005 instituciones del sistema jurídico mexicano como la correduría pública, actualizaron sus funciones para incluir algún método alternativo
  • PRIMEROS ESTUDIOS DE INVESTIGACIÓN A NIVEL DOCTORAL EN TORNO A LOS MASC

    PRIMEROS ESTUDIOS DE INVESTIGACIÓN A NIVEL DOCTORAL EN TORNO A LOS MASC
    Impartidos en la Universidad Autónoma de Nuevo León y la Universidad Autónoma Juárez de Tabasco
  • REFORMA ARTÍCULO 17 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA

    REFORMA ARTÍCULO 17 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
    A partir de la reforma del 18 de junio de 2008 al art. 17, los Medios alternos de solución de los conflictos son legislados en México
  • RED NACIONAL DE MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

    RED NACIONAL DE MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
    La Comisión Nacional de Tribunales Superiores de Justicia de los Estados Unidos Mexicanos crea la Red Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias
  • REFORMA AL ARTÍCULO 17 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

    REFORMA AL ARTÍCULO 17 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
    Se volvió a modificar el artículo 17 de la Constitución Mexicana para ordenar a las autoridades el privilegiar la Solución de Controversias sobre los formalismos procedimentales ante un caso concreto.