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En la Constitución de Càdiz tuvo origen la Conciliación. En primer lugar, se introdujo en España, posteriormente en México. -
En sus artículos 155 y 156 se establcen los conceptos de conciliación y arbitraje. -
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La función principal de la Corte Internacional de Arbitraje es proporcionar supervisión de los procedimientos de arbitraje de conformidad con las Reglas de Arbitraje de la CPI -
Exhorta a las partes a una composición amigable antes de pronunciar el fallo. -
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La Ley estaba concebida para la solución arbitral de conflictos de Derecho Civil -
United Nations Commission on International Trade Law adoptó reglas de conciliación desde 1980 -
Promovía el empleo de solución alternativa de controversias por tribunales federales en E.E.U.U -
Promovía la utilización de ADR en dependencias federales de los E.E.U.U -
Dicho tratado especificaba en su Capítulo XX, Artículo 2022 el compromiso de los tres países de promover y facilitar el recurso al arbitraje y otros MASC. -
Se crea la primera institución de mediación en materia civil en el país. -
Se crea en Septiembre la Ley de Justicia Alternativa -
Reforma constitucional y orgánica del sistema de justicia penal del Estado de Nuevo León -
Se crea la Ley de Justicia Alternativa para el DF -
Se crea la Ley de Justicia Alternativa del Estado de Durango -
Tras la reforma del art. 17 constitucional, se privilegia la solución de los conflictos sobre los formalismos procedimentales. -
Se crea la Ley de Justicia Alternativa para el Estado de Hidalgo -
Se crea la ley de Justicia Alterntiva del Estado de Nayarit -
Se crea la Ley de Medios Alternativos en Materia Penal para el Estado de Puebla -
Tiene como propósito la constante comunicación entre los Titulares de los Centros de Mecanismos Alternativos en sede Judicial de cada Entidad Federativa para intercambiar información, experiencias, disposiciones aplicables y propuestas que puedan ser de utilidad para la implementación de los Mecanismos Alternativos.