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Marco ambiental de Colombia-María Nela Espinosa-Cali-Valle del Cauca

  • Ley 23 de 1973

    Ley 23 de 1973
    Primera norma ambiental de Colombia, su objetivo es prevenir y controlar la contaminación del medio ambiente, ratifica el convenio de Basilea; sobre el control de los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y su eliminación. Del cual el estado y particulares se harán responsables por el daño ocasionado a los recursos naturales.
  • Ley aprobatoria 5 de 1973, decreto 2584 de 1985, Tratado bilateral. acuerdo para la conservación de la flora y de la fauna de los territorios Amazónicos de la República de Colombia y de la República Federativa Del Brasil.

    Ley aprobatoria 5 de 1973, decreto 2584 de 1985, Tratado bilateral. acuerdo  para la conservación de la  flora y de la fauna  de los territorios  Amazónicos de la República  de  Colombia  y de la  República Federativa  Del Brasil.
    Convenios políticos de común acuerdo que se resolvieron firmar entre Brasil y Colombia, para la protección de la flora y fauna de sus territorios amazónicos.
  • Ley 10 de 1978

    Ley 10 de 1978
    Por medio de la cual se dictan normas sobre mar territorial, zona económica exclusiva, plataforma continental, y se dictan otras disposiciones.
    De la soberanía de la nación Colombiana para ejercer sus derechos en la administración y preservación de sus mares.
  • Ley 30 de 1980, decreto 2584 de 1985, acuerdo para la conservación dela flora y fauna de los territorios Amazónicos de la República de Colombia y de la República Peruana

    Ley 30 de 1980, decreto 2584 de 1985, acuerdo para la conservación dela flora y fauna de los territorios Amazónicos  de la República de Colombia  y de la República Peruana
    Acuerdo firmado entre República de Colombia y la República del Perú. para cuidar, conservar y aprovechar los recursos de sus territorios Amazónicos. Estableciendo una estrecha colaboración en promover y poner en practica el uso de información e investigación de interés científico o económico, con miras de una eventual industrialización y sana explotación de sus recursos.
  • Acuerdo procedimiento simplificado,complementario al convenio de cooperación técnica y científica entre Colombia y Ecuador sobre sanidad vegetal.

    Acuerdo procedimiento simplificado,complementario al convenio de cooperación técnica y científica  entre  Colombia  y Ecuador  sobre sanidad vegetal.
    El gobierno Colombiano y Ecuatoriano, adelantaran acciones de cooperación en el tratamiento de enfermedades en sus principales cultivos agrícolas como el café, banano y azúcar. que son atacados por diferentes hongos en ambas regiones. Los gobiernos designaran sus esfuerzo como entidades ejecutoras del proyecto de sanidad vegetal. motivo del presente acuerdo complementario celebrado entre los gobiernos
  • Acuerdo de procedimiento simplificado, entre Colombia y Ecuador sobre desastres naturales

    Acuerdo de procedimiento simplificado, entre Colombia y Ecuador sobre desastres naturales
    Entre los gobiernos de Colombia y Ecuador acordaron la creación de la comisión de vecindad; con el fin de agilizar de una manera eficiente la integración entre naciones, para la toma de acción, decisión y profundización en los conocimientos de los fenómenos de origen natural y los generados por el hombre.
    De esta manera permitir un análisis de vulnerabilidad y riesgo que ayude a mitigar o evitar las perdidas causadas por estos fenómenos.
  • Constitución nacional de Colombia

    Constitución nacional de Colombia
    Considerada como una verdadera constitución ecológica, al tener 34 disposiciones relacionadas con este tema.
  • Ley 99 de 1993

    Ley 99 de 1993
    Se crea el ministerio del medio ambiente como ente regulador y encargado de la gestión y conservación del medio ambiente. con el fin de asegurar y aprovechar los recursos naturales y el desarrollo sostenible. Con la puesta en marcha de los principios generales de esta ley se organiza el sistema nacional ambiental (SINA).
  • Ley 1973 de 2009

    Ley 1973 de 2009
    Por medio de la cual se regula y prohíbe el ingreso, comercialización y uso de bolsas y otros materiales plásticos en el departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina e Islas Menores que lo componen, y se dictan otras disposiciones".
    Igualmente también se prohíbe la salida de estos materiales.
    Como estimulo a la prohibición los establecimientos de comercio podrán cobrar el uso de estas, valor que deberá se establecido anualmente por resolución.